La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Los Servicios Sociales actuarán ante la desatención de un menor en una vivienda insalubre

Queja número 24/3081

Queja tramitada a instancias de un vecino de un municipio de la provincia de Jaén que nos remitió sucesivos escritos denunciando que los servicios sociales del municipio donde reside su hijo junto con su madre no actuaban ante los indicios de desatención por falta de higiene y de cuidados médicos al menor, siendo prueba de ello las reiteradas ocasiones que él tiene que acudir con su hijo al centro de salud o al hospital para que fuese atendido de las secuelas de picaduras de insectos producidas durante los períodos de estancia con su madre.

En este caso subyace una fuerte conflictividad entre padre y madre que ha venido condicionando la intervención de los servicios sociales comunitarios de la localidad en que reside la madre. Pero aún siendo consciente esta Defensoría de esta dificultad consideramos que tal hecho no debe ser obstáculo para que se haya de intervenir en la situación de riesgo en que parece encontrarse el menor, la cual viene denunciando el padre, denuncia que vendría avalada tanto por los servicios sociales de otra localidad de residencia del padre como por el centro de salud de la misma localidad.

En consecuencia, tras admitir la queja a trámite decidimos solicitar la emisión de un informe al Área de Servicios Sociales de la Diputación Provincial de Jaén, de la cual dependen los servicios sociales de ambos municipios, en el que reside la madre con el hijo, y en el que reside el padre.

En el informe que recibimos del Área Provincial de Bienestar Social se reseñaban los acuerdos adoptados de forma consensuada por los equipos de intervención familiar de los dos municipios, siendo así que los dos equipos proponen que la mejor alternativa es que padre y madre participen en un proceso de mediación familiar, procurando que padre y madre acepten y se involucren en un dicho proceso de mediación que les ayude a adquirir una comunicación funcional en relación con el menor y la responsabilidad parental de ambos.

Una vez expuestos los hechos y circunstancias que inciden en el caso que analizamos nuestra misión como Defensoría de la Infancia y Adolescencia hace que debamos mostrarnos esperanzados porque el procedimiento de mediación familiar que se propone sea finalmente aceptado por ambos progenitores y que limando sus diferencias se comprometan a colaborar en la solución de los problemas que afectan a su hijo. Esta sería la solución más satisfactoria ya que partiría de la voluntad expresa de las partes, atendiendo primordialmente al interés superior del hijo que tienen en común.

Ahora bien, lo expuesto no debe ser obstáculo para que mostremos nuestra preocupación por el recurrente problema de salud del menor ante su reacción alérgica a las picaduras de insectos, sin que hasta el momento se haya encontrado una solución efectiva a este problema, del cual han alertado los profesionales sanitarios que han venido atendido el caso.

En virtud de cuanto antecede dirigimos a la Administración Local las siguientes

RECOMENDACIONES

"Que se ejecuten sin demora las actuaciones necesarias para evitar las consecuencias derivadas de los reiterados episodios de picaduras de insectos al menor, localizando el foco en que éstas se producen y adoptando las medidas necesarias para su erradicación, debiendo contar para ello con la colaboración de los servicios de salud pública de la correspondiente administración local o autonómica.

Que en el supuesto de que el procedimiento de mediación familiar no arroje los resultados esperados, persistiendo la conflictividad familiar con repercusiones negativas para el menor, se elabore un proyecto de intervención familiar a ejecutar por los servicios sociales de ambas localidades, en el cual se habrá de recabar el compromiso de ambos progenitores en su cumplimiento, el cual puede dar lugar, en caso de falta de colaboración, a la declaración formal de la situación de riesgo del menor, con las consecuencias legales que ello conlleva”.

Hemos recibido el informe por parte del Área de Bienestar Social de la Diputación de Jaén.

En dicho informe se señala que en breve comenzará el procedimiento de mediación auspiciado por los servicios sociales; que en fechas próximas se contará con un informe acerca de la salubridad del domicilio donde reside el menor, comprometiéndose los servicios sociales comunitarios del municipio a apoyar las actuaciones necesarias que se deriven del mismo; y por último se indica que en la medida en que el proceso de mediación familiar sea satisfactorio o no, se valorará la intervención de los Equipos de Intervención o de Tratamiento Familiar de los municipios en los que residen uno y otro progenitor.

A la vista de lo aportado por la Administración local, entendemos que el contenido de nuestra Resolución ha sido asumido favorablemente, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones, procediendo con esta fecha al archivo del expediente de queja.

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