La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El personal encargado de los expedientes de parejas de hecho deberán mejorar la gestión de las notificaciones

Queja número 24/0256

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Compareció en esta Institución una persona, mediante escrito en el que se quejaba de no haber recibido ninguna comunicación en la que se le informase de la cancelación del asiento de su pareja de hecho en el Registro de Málaga, lo cual le había causado muchos perjuicios que había solicitado que le fuesen indemnizados.

Tras admitir la queja a trámite solicitamos la emisión de un informe al respecto a esa Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga, respondiéndonos que dicha cancelación fue solicitada de forma unilateral por la pareja del interesado, la cual fue resuelta por la Delegación Territorial en sentido estimatorio y comunicada al Registro de Parejas de Hecho para que se practicasen los correspondientes asientos.

En el informe se justifica esta decisión en base a lo siguiente:

(...) Según información que obra en el expediente declarada por su expareja, el señor ... la abandona y traslada su residencia junto con una nueva pareja a su país de origen ...; por lo que al no tener relación con él desde hace un año, procede a solicitar la baja en el Registro de la inscripción de la pareja de hecho (...)

Puestos en contacto con doña … está nos manifiesta que el señor ... fue informado de dicha resolución a su regreso a Málaga, y procedió a abandonar el país con otra nueva pareja para trasladar su residencia, en esta ocasión en otro lugar, pareja con la que está actualmente y con la que tiene un hijo en común. (...)”

Del contenido de este informe dimos traslado al interesado para que pudiese alegar lo que estimase conveniente, respondiéndonos que el Decreto 35/2005, regulador del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, preceptúa que la disolución de la pareja de hecho por voluntad unilateral de uno de sus miembros se deberá acreditar por notificación al otro miembro de la pareja, que se ha de efectuar por cualquiera de los medios admitidos en derecho. A lo expuesto añade que la Ley de Parejas de Hecho establece que una vez acreditada la disolución se procederá a la cancelación de la correspondiente inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, siendo así que el miembro de la pareja de hecho que hubiera tramitado la cancelación deberá notificarlo fehacientemente a la otra parte, sin perjuicio de la notificación obligatoria que también incumbe al propio Registro, notificación que no se ha producido ni por parte de la Administración ni por parte de la persona que tramitó el asiento de cancelación en el Registro.

Es por ello que, esta Institución al amparo de lo dispuesto en el art. 29.1 de la Ley 9/83, de 1 de diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, procede a efectuar el siguiente Recordatorio de Deberes Legales, por considerar que se han vulnerado los siguientes preceptos:

- De la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho

*Artículo 12

- Del Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho en Andalucía

*Artículo 20.2.c)

Y a tales efectos emitimos la siguiente Recomendación:

Que se emita una instrucción a las unidades administrativas que gestionan los expedientes relativos a inscripciones en el Registro de Parejas de Hecho para que se extremen cautelas en cuanto al cumplimiento estricto de lo establecido en la normativa reguladora de dicho Registro, especialmente en lo relativo a las notificaciones que sean preceptivas a las personas integrantes de la pareja”.

Recibimos una respuesta favorable a nuestra Recomendación del siguiente tenor:

"... Se ha recomendado al personal encargado de la gestión de los expedientes de parejas de hecho las mejoras en la práctica de la gestión de notificaciones.

La unidad encargada ha sido informada que deberán extremar las cautelas necesarias para garantizar que cada expediente se gestione conforme a la normativa vigente, y con particular atención a las notificaciones preceptivas a las personas integrantes de la pareja, para que se realicen de manera oportuna y conforme a los procedimientos establecidos .…"

En consecuencia hemos de entender aceptada nuestra Recomendación al comprometerse a mejorar la práctica de la gestión de notificaciones.

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