La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El colegio contará con zonas de sombra permanentes

Queja número 24/4435

En su día esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo, se hizo eco del caso y, tras evaluar las informaciones recibidas, acordó la tramitación de la queja que se tramita en relación con la adecuación de las instalaciones de un Centro de educación Infantil y Primaria (CEIP) en la provincia de Granada.

La tramitación de la queja llevó a formular Resolución con fecha 3 de septiembre de 2024 ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada y ante el propio ayuntamiento de la ciudad:

RECOMENDACIÓN, a fin de que la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada y el Ayuntamiento dispongan de manera coordinada las vías de apoyo y colaboración en sus respectivos ámbitos para atender las necesidades evaluadas de las instalaciones CEIP.

Con fecha 7 de noviembre de 2024, el Ayuntamiento respondió a la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz, sobre la Resolución dictada, conforme señala el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, indicando resumidamente que:

Conforme con la Resolución emitida por el Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, el Ayuntamiento manifiesta su aceptación a la recomendación, comprometiéndose a estudiar la viabilidad de lo siguiente:

- Crear una nueva zona de sombra en Infantil de aproximadamente 400,00 m2, planificada para el curso 2024/2025, empleando materiales reutilizados con los que pueda contar el Ayuntamiento, que ayudará a completar los espacios sombreados ya disponibles y aliviará los problemas de climatización.

- Desarrollar, en caso necesario, una serie de iniciativas de colaboración para mejorar las condiciones del colegio, con el objetivo de salvaguardar la salud del alumnado en situaciones de altas temperaturas.

- Contactar con la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, en caso necesario, para formalizar un acuerdo de colaboración entre las administraciones, y analizar la manera legal de efectuar inversiones en nuevas infraestructuras en los centros escolares”.

Por su parte, la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada ofreció una comunicación recibida con fecha 18 de noviembre de 2024. Se adjuntaba una comunicación interior ceñida a la posición que elaboraba específicamente el Servicio de Planificación y Escolarización alegando:

Desde el Servicio de planificación y escolarización de la Delegación Provincial de Granada nos hemos puesto en contacto con la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para conocer las actuaciones conjuntas que se están llevando a cabo desde esta Consejería con el Ayuntamiento en relación a las peticiones que EL AMPA del CEIP ha realizado:

- Con fecha 24 de Mayo 2023 se remite informe sobre la inexistencia de duplicidad o ejecución simultánea del mismo Servicio Público para la instalación de toldos en el citado centro.

Siendo dicho informe FAVORABLE por parte de la Consejería, la entidad local podrá proceder a la instalación de la instalación de dichas sombras en los centros de educación infantil y primaria de su competencia.

Desde esta Delegación Territorial, además, con objeto de subsanar deficiencias en los centros escolares cuto mantenimiento es competencia municipal, se ha enviado sendos correos corporativos con ayudas publicadas por la Secretaria General Técnica de Administración Local (BOJA de 2 de Septiembre 2024) y por la Diputación Provincial en Granada (BOP con la convocatoria de subvenciones destinadas a gastos para la conservación y mantenimiento de centros escolares de titularidad municipal), para su conocimiento y que así puedan presentar proyectos que ayuden a la mejora y el mantenimiento de dichos centros escolares”.

Podemos comprobar que desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se han dispuesto iniciativas para identificar posibles actuaciones de mejora en el centro educativo, así como disponer su coordinación con los servicios centrales de la Consejería.

Por otra parte, la respuesta municipal también parece responder a la franca invitación para propiciar la colaboración de los respectivos ámbitos autonómico y municipal para abordar las necesidades del centro; una posición que parte del compromiso anunciado de aportar las actuaciones propias del ámbito municipal en lo referente a mejoras de las zonas con sombre del edificio y abordar otras mejoras en sus instalaciones.

En suma; parece que por encima de las polémicas, el centro educativo ha acreditado unas intervenciones necesarias que deben revertir en una mejora sustancial en sus condiciones de acogida y de servicio al conjunto de la comunidad educativa de la localidad. Por tanto, conforme a a las respuestas ofrecidas ante la Resolución dictada, nos ratificamos en el criterio manifestado desde esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, reiterando la importancia de impulsar decididamente los proyectos anunciados en el CEIP hasta su total ejecución, ofreciendo una singular participación a los protagonistas de la comunidad educativa, en particular la AMPA, promotora de la presente queja.

Por cuanto respecta al presente expediente de queja, a la hora de valorar las respuestas ante la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz al amparo del artículo 29 de la Ley 9/1983, podemos discernir la aceptación de la Resolución a cargo de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada y del ayuntamiento de la localidad.

En todo caso, permanecemos atentos a cualquier novedad que se produzca en orden a estas necesidades de mejora de las infraestructuras educativas y persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece, lo que ocupará la atención de esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones.

Procedemos, pues, a recoger dicha valoración en el Informe Anual al Parlamento de Andalucía, en los términos recogidos en el artículo 29.2 de la Ley 9/1983 citada, y a la conclusión del expediente.

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