La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 13/2251

Por parte de la Fiscalía competente se nos informó que, no sin problemas y en muy difíciles y penosas circunstancias, se procedió a restituir la guarda y custodia del menor a favor de la madre.

Se dirigió a Institución la interesada exponiéndonos que, a pesar de que era ella la que tenía atribuida la guarda y custodia de su hijo, éste vivía con su padre desde que, en Octubre de 2012, éste decidiera no devolvérselo tras estar disfrutando un fin de semana del régimen de comunicación y estancia que en su día fue acordado judicialmente. Solicitaba la colaboración de la Institución a efectos de que fuera restablecida la convivencia del menor en su domicilio.

Nos encontrábamos ante un conflicto que estaba siendo objeto de varios procedimientos judiciales, de manera que, por su situación de "litis pendencia", en principio, no podíamos llevar a cabo lo solicitado. Lógicamente, esta Institución no podía requerir al ex marido de la interesada para que devolviera su hijo a la madre.

Sin embargo, nos preocupó la situación de absentismo en la que se encontraba el menor desde mes de Octubre de 2012.

De dichas circunstancias, como no podía ser de otro modo, habían tenido conocimiento los distintos Juzgados que estaban conociendo los distintos procedimientos, así como el Ministerio Fiscal, por ser este parte en estos mismos procedimientos, sin que, según pareciera, hubieran reparado en la situación de absentismo escolar en la que se encontraba el menor a pesar de encontrarse en un nivel de educación de escolarización obligatoria, por lo que tampoco se había adoptado ninguna medida en orden a normalizar, al menos, esta concreta situación.

Fueron por estas concretas circunstancias por las que esta Institución consideró oportuno dar traslado al Fiscal Jefe correspondiente de la situación en la que se encontraba el menor para que, en el ejercicio de sus funciones de velar por su interés superior estudiara la procedencia de acodar las medidas que se consideraran oportunas en orden a garantizar su escolarización obligatoria, sin prejuicio de valorar, igualmente, las responsabilidades que pudieran derivarse del posible incumplimiento por parte de los progenitores de los deberes inherentes al ejercicio de la patria potestad.

Queja número 13/0096

Finalmente la Administración nos informó que todos los alumnos y alumnas que lo habían solicitado habían sido adjudicatarios de sus respectivas plazas. En cuanto a las deficiencias de construcción detectadas se habían exigido a la empresa constructora su subsanación, actuación que se llevaría a efecto a través del Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos.

La presidenta de un AMPA nos exponía su preocupación por las deficiencias de construcción que está presentado un colegio de la localidad donde vive en la provincia de Sevilla, así como la falta de cumplimiento por parte de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla de proceder a la finalización de dichas obras.

La administración nos trasmitió la absoluta voluntad por su parte para concluir dichas obras. También, añadían, que la segunda fase con la que se deben de concluir las obras indicadas, estaban planificadas dentro del ámbito de las bajas que pudieran irse produciendo en el Plan OLA, aunque de no existir la necesaria disponibilidad presupuestaria en relación al citado plan, se procedería a la inclusión del alumnado afectado en espacios anexos a la instalaciones ya construidas, quedando de este modo siempre garantizada su adecuada escolarización.

Del igual modo, en dicho informe se nos indicaba que en esa Delegación Territorial no se tenía constancia de ninguna incidencia planteada con respecto a supuestas deficiencias de construcción en las instalaciones construidas en la primera fase y que ya estaban en funcionamiento, haciendo constar que los Directores de los centros docentes reciben instrucciones por parte de la Administración para que, en el momento en el que sean detectadas, procedan a su inmediata comunicación al ISE Andalucía para que se adopten las medidas oportunas.

Presidenta del AMPA, a esta comunicación por parte de la administración, nos expuso que 66 niños y niñas de la localidad no van a poder ser escolarizados por la insuficiencia de plazas disponibles, puesto que, según indican, en el centro docente no existe ningún espacio más que pueda ser destinados a aulas, y nos afirma las distintas vías a través de las cuales en diferentes ocasiones se había comunicado a la Delegación Territorial las deficiencias de construcción detectadas en la primera fase.

Queja número 13/3386

La Audiencia Provincial de Sevilla traslada al Consejo General del Poder Judicial queja del interesado sobre actuación del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sevilla.

El interesado se dirigió a esta Institución poniéndonos en conocimiento de que llevaba siete meses esperando a recibir una documentación que hasta en tres ocasiones había solicitado por escrito dirigido al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sevilla y que obraba en un procedimiento judicial en el que era parte. Así mismo, nos ponía en conocimiento del trato humillante recibido por parte del funcionario que le había atendido en el propio Juzgado.

Admitida la queja a trámite, desde la Audiencia Provincial de Sevilla se nos informó de que se había librado oficio a la Unidad Central de Atención al Ciudadano del Consejo General del Poder Judicial para que requeriera a la Juez Titular del Juzgado de Violencia de Género, de Sevilla a fin de que informara al respecto del asunto expuesto.

15 DE OCTUBRE :"El Defensor del Menor visita la sede de UNICEF-Andalucía"

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Fecha: 
Lun, 14/10/2013
Temas: 

Todas las regiones, menos Cantabria, mantienen consejos consultivos.

Medio: 
Menorca Diario Insular
Fecha: 
Dom, 23/06/2013
Noticia en PDF: 
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Destacado: 
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Provincia: 
ANDALUCÍA

24/06/2013 | 12,30 h. Reunión del Defensor Jesús Maeztu con trabajadores representantes de la factoría ROCA, de Alcalá de Guadaira (Sevilla). Comunicado del Defensor

El Defensor ha escuchado las posiciones de los representantes de los trabajadores de la fábrica ROCA de Alcalá de Guadaira (Sevilla) en relación con la intención de la dirección de la empresa de proceder al cierre de estas instalaciones. El Defensor ha destacado el grave impacto que este anuncio provoca en el empleo de los trabajadores afectados y en el empobrecimiento del tejido productivo de la zona.

Jesús Maeztu se ha comprometido a ofrecer la ayuda de la Institución en los procesos de negociación y a promover el mantenimiento de la actividad productiva sumándose a la posición de otras instituciones locales y de la provincia. Como resultaod de la reunión, el Defensor se comprometió a expresar su posición mediante un comunicado (que se detalla a continuación).

COMUNICADO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ.

El Defensor del Pueblo Andaluz ha mantenido reunión de trabajo con el Comité de Empresa de la planta de Roca Sanitario S.A., de Alcalá de Guadaíra, a la que asistieron los representantes provjnciales de CCOO y UGT del sector y un grupo de trabajadores de dicha factoría,  en relación con la situación de los trabajadores tras la reciente sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que declaró nulos los despidos colectivos derivados del ERE 55/2013, que suponía el cierre de la planta alcalareña y la pérdida de sus 227 trabajadores.

El Comisionado andaluz ha trasladado a los trabajadores su apoyo institucional en las medidas contenidas por la resolución judicial que no son otras que la reincorporación efectiva a sus puestos de trabajo y el inmediato inicio de la actividad en la planta alcalareña, a fin de encontrar mediante el diálogo y el consenso, caminos que puedan conducir a soluciones que eviten el drama del despido y cierre de las instalaciones.

Desde la Institución  se ofrece la mediación ante los responsables de Roca Sanitario SA., a quienes pedirá, tras el cumplimiento de la sentencia dictada, la sensibilidad y responsabilidad solidaria necesaria hacia los trabajadores de una empresa que siempre ha funcionado bien, y tiene reconocimiento de ser una planta de producción rentable y modélica  a nivel internacional.

El nuevo Defensor, en su primer acto institucional tras su reciente toma de posesión, quiere hacer también un llamamiento a la Junta de Andalucía para recordar que en el ERE 315/09 que autorizó a la empresa, se adquirió el compromiso de mantenimiento del empleo por lo que, es el momento de que no sólo la propia Administración sino, además, todo el arco parlamentario andaluz, tomemos una posición activa, responsable y comprometida, en este caso.

 

Finalmente, desde la Defensoría del Pueblo se aboga por el respeto del derecho constitucional de la negociación colectiva, ligado a la libertad sindical que, lamentablemente, en el caso de este ERE 55/2013, ha sido vulnerado como se desprende de  la resolución judicial dictada. 

 

Nuevo régimen de ayudas a la vivienda.

 

Ante la gran cantidad de quejas que se reciben en esta Defensoría, sobre el impago de ayudas de los diferentes programas de vivienda, informamos de que se ha publicado en el BOE núm. 134, la “Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas”.

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Nuevo régimen de ayudas a la vivienda.
Fecha: 
Mié, 05/06/2013
Temas: 
Provincia: 
ANDALUCÍA
Advertencia Importante para la defensa de los intereses de todas las personas que se encuentren en un proceso de ejecución hipotecaria en curso


Desde esta Institución queremos advertir de la existencia de un plazo preclusivo de un mes para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de las nuevas causas de oposición previstas en el apartado 7.a del artículo 557.1 y 4.a del artículo 695.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). 

La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, ha modificado la LEC incorporando entre los motivos de oposición al proceso de ejecución "El carácter abusivo de una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución o que hubiese determinado la cantidad exigible".

La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 1/2013 ha establecido que, para aquellos procedimientos ejecutivos en que ya hubiese transcurrido el período de oposición  (diez días siguientes a la notificación del auto en que se despache ejecución), las partes ejecutadas dispondrán de un plazo preclusivo de un mes para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de una cláusula abusiva. 

Esta medida se aplicará a todo procedimiento ejecutivo que no haya culminado con la puesta en posesión del inmueble al adquirente.

La misma posibilidad se establece para aquellos procedimientos ejecutivos en los que ya se haya iniciado el periodo de oposición de diez días. 

En ambos casos el plazo concluye el próximo día 15 de junio.

Adjuntamos un enlace a la nota que publica el Consejo General de la Abogacía en su página web para advertir de esta circunstancia.

Aconsejamos a todas las personas que se encuentren inmersas en un proceso de ejecución hipotecaria, y ya se les haya notificado el auto despachando ejecución, que se asesoren de profesional que ejerza la abogacía, bien de su elección, bien solicitándolo de oficio, si reúnen los requisitos necesarios para ello. Les recordamos que, en caso de tener dificultades económicas para contratar estos servicios, pueden consultar sobre la posibilidad de que les sea nombrado de oficio en el propio Juzgado y en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados correspondiente.

Ecologistas y WWF recuerdan al Gobierno que el informe del Consejo es "prescriptivo" para el Plan Hidrológico

Los responsables de las organizaciones Ecologistas en Acción y WWF en Doñana, presentes en el Consejo

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