Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/3654 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, Dirección General de Profesionales
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Aceptan nuestras peticiones sobre el funcionamiento de la ventanilla electrónica de la persona candidata del SAS.
11-08-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Hemos tenido conocimiento a través de los medios de comunicación -y algunas quejas que se están recibiendo en esta Institución que así lo manifiestan- de la denuncia realizada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios CSIF de Almería, sobre el mal funcionamiento de la llamada "Ventanilla Electrónica de la persona Candidata" (VEC), puesta en marcha por el Servicio Andaluz de Salud para que las personas que participan en las Ofertas de Empleo Público puedan validar sus méritos, de cara a la OEP 2013-2015.
Mediante Resoluciones de la Dirección General de Profesionales del SAS, de fecha 18 de marzo de 2015, se convoca concurso oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir vacantes de Enfermero/a, Fisioterapeuta y Matrón/a, dependientes de este organismo en cumplimiento de la referida OPE 2013-2015.
En dichas Resoluciones, en su base 8ª, se establece que: “El autobaremo de méritos podrá ser presentado vía on line por el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), o en soporte papel ante algunas de las Oficinas de Registros indicadas en la base 4.1.b)”.
Las personas que utilizaron esta vía electrónica para su autobaremación accedieron con su usuario y contraseña a la web de atencion profesional del SAS, acreditando la fecha y hora de registro dentro del plazo establecido, pero, al parecer, no se ha registrado este autobaremo de forma física, no pudiendo justificar lo contrario, debido a lo cual se les ha inhabilitado dicho autobaremo, dado que el SAS no cuenta con sede electrónica como es preceptivo.
Como consecuencia de ello, cuando se publica la Resolución de dicha Dirección General por la que se hace pública la lista de personas opositoras a las que se les requiere la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados y autobaremados, muchas de las que utilizaron la vía electrónica para la autobaremación no figuraban con puntuación en este apartado.
Al no estar habilitada la sede electrónica del SAS se permitió el acceso a su página web con el usuario y contraseña del sistema, para rellenar ofimáticamente la solicitud que, luego, hay que presentar en papel físicamente. Al parecer, dado que el sistema informático del SAS no diferencia claramente entre la forma de acceso a la presentación telemática y ofimática, se ha generado una confusión por la inadecuación del soporte informático, y la falta de instrucciones claras y precisas para la presentación de esta documentación.
Este proceso, tanto en la crónica periodística que se hace eco de la noticia, como por el referido Sindicado que se menciona en ella, así como por las personas que han presentado queja al respecto, coinciden en calificar la experiencia como de "fiasco absoluto", afirmando que es tal la situación que, solo en la provincia de Almería, se han recibido decenas de quejas de los trabajadores por las largas esperas on-line y el mal funcionamiento en general del Portal, con el perjuicio que ello está ocasionando a los usuarios a la hora de realizar la baremación de los méritos a alegar, para participar en las Ofertas de Empleo Público que se convocan.
Por cuanto antecede, se propone iniciar Actuación de Oficio, en aplicación de lo establecido en el artículo 1.1, en relación con el 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, para que por parte de la Administración sanitaria se nos proporcione una mayor información sobre dicha cuestión, que permita contar con los datos necesarios para poder emitir una Resolución.
15-10-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
En el curso de los procesos selectivos convocados por Resoluciones de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (SAS), de fecha 18 de marzo de 2015, por el sistema de promoción interna, para cubrir vacantes de Enfermero/a, Fisioterapeuta y Matrón/a, dependientes de dicha Agencia, un número considerable de personas participantes en dichos procesos que habían realizado la correspondiente autobaremación de méritos electrónicamente resultaron afectadas, al no considerarles los méritos incluidos en la misma por no haber formalizado correctamente dicha baremación, motivo por el que algunos de los participantes en estos procesos se dirigieron a esta Institución presentando quejas por el mal funcionamiento de este procedimiento electrónico.
Recibido el informe emitido por la Dirección General de Profesionales, se deduce que la Sugerencia formulada por esta Institución con fecha 30 de abril de 2018 ha sido aceptada.
En efecto, entre otras consideraciones, expresamente manifiesta la Dirección General que la Ventanilla Electrónica de la Persona Candidata puesta en marcha por el SAS para la gestión de los procesos de OEP, ha seguido evolucionando e incorporando mejoras.
Por ello, según se indica “(...) en estos últimos meses, en los que se han procedido a la subsanación de méritos en diversas categorías de la OEP 2013-2015, y se han producido numerosas inscripciones en las nuevas convocatorias de las OEP 2016 y de estabilización, no se han registrado quejas ni reclamaciones sobre este motivo”.
Concluye la Dirección General manifestando su compromiso “de seguir facilitando el acceso y gestión de las Ofertas de Empleo por vía electrónica, así como de evitar a las personas participantes cualquier inconveniente derivado de dificultades técnicas. Por ello, cuando hemos detectado alguna dificultad puntual de índole técnica sobrevenida, que pudiera ralentizar la presentación de documentación en uno de los procesos, hemos procedido a ampliar el plazo de presentación para mayor comodidad y seguridad de las personas interesadas”.
Dicha respuesta, no puede tener otra interpretación más que la antes aludida: la aceptación de los planteamientos recogidos en nuestra Sugerencia, de lo cual nos alegramos.
A la vista de todo ello, nos vemos en la obligación de dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja, confiando en que por parte de la Dirección General se continúe optimizando este importante servicio telemático, con vistas a facilitar el acceso y gestión de las Ofertas de Empleo del SAS a las personas participantes.