Queja número 20/6032
La queja fue tramitada por esta defensoría de la infancia y la adolescencia de andalucía, y defensor del pueblo andaluz, a fin de analizar la situación de los servicios de atención al alumnado con necesidades especiales en un Centro de Educación Infantil y Primaria de la provincia de Cádiz, respecto a la definición de las prestaciones del Profesional Técnico de Inserción Social (PTIS).
Los trámites y la investigación del caso motivaron que la Institución formulara Resolución ante la Dirección General de Planificación y Centros, señalando:
La Dirección General respondió a la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz, conforme señala el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, indicando que:
“Respecto a la recomendación de esa Defensoría para evaluar la ordenación de los servicios profesionales de PTIS especializados en el Centro de Educación Infantil y Primaria, destinados a la atención del alumnado con necesidades educativas específicas, esta Dirección General informa que la asignación del personal técnico de integración social, en adelante PTIS, destinado a dar apoyo al alumnado con necesidades educativas especiales, se efectúa por iniciativa de las diferentes Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte. La planificación se realiza anualmente siendo un momento especialmente significativo para la detección de la necesidad del recurso de PTIS el período de admisión de cada curso. Siguiendo la recomendación de esa Defensoría, en el periodo de admisión y análisis de los dictámenes de escolarización para el curso 2022/2023, se prestará una atención específica al centro educativo con objeto de procurar los apoyos y refuerzos de los recursos, en su caso, que resulten adecuados para la efectiva atención del alumnado con necesidades educativas específicas”.
Según la respuesta recibida, el Defensor debe entender la aceptación formalmente expresada por la Dirección General de Planificación y Centros sobre la Resolución a la vista de sus competencias.
De inmediato hemos de reseñar que la atención del perfil de PTIS que necesita el centro ha acreditado un apoyo y refuerzo específico que deben ser incorporados con medidas concretas que se sitúan en las previsiones del próximo curso 2022/2023.
Por tanto, sin perjuicio de la anunciada voluntad de abordar una redimensión de los recursos de PTIS para el centro, nos ratificamos en el criterio manifestado desde esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, de que se desplieguen medidas anticipadas, en orden a esa efectiva atención del alumnado con necesidades especiales.
En tal sentido, permanecemos atentos a cualquier novedad que se produzca en orden a estos compromisos y persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece y que ocupará la atención de esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones.
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