Queja número 25/8175
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas y refuerzo de apoyo de profesionales para su atención y apoyo, en un centro educativo de la provincia de Sevilla.
En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema.
“En respuesta a la comunicación interior de la Secretaría General Provincial de esta Delegación Territorial, remitiendo RESOLUCIÓN del Defensor del Pueblo Andaluz en la que, tras recibir comunicación sobre una situación de un alumno con discapacidades auditivas severas, emprende una actuación para conocer"...los apoyos que dispone este alumno, del que no podemos ofrecer mayores identidades..." este Servicio de Ordenación Educativa informa:
PRIMERO: Desconocemos la identidad del alumno al que se refiere la queja al no disponer de los datos personales necesarios para su identificación, sin embargo sí podemos afirmar que el C.E.l.P. cuenta desde el curso escolar 2024-2025 con un Profesional técnico de interpretación de lengua de signos española (ILSE) disponible a tiempo completo y con competencia en lengua de signos.
SEGUNDO Realizada la correspondiente consulta por parte de este Servicio de Ordenación Educativa la Dirección del C.E.l.P. a nos expone su sorpresa por la comunicación recibida por la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz puesto que no eran conocedores de la misma al no haber sido tramitada ni por la familia ni por el equipo directivo.”
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para abordar las necesidades del centro.
También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a la gestión de los servicios educativos en relación con la dotación de la figura de monitores y profesionales dedicados al apoyo del alumnado con perfiles de rasgos auditivos a través de la ordenación de este servicio gracias a profesional especializado. Efectivamente esta definición del servicio explica los detalles del proceso que se debe seguir para proceder a solventar estas supuestas incidencias.
En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y, desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar una mejora de la situación. Tomando en consideración también que la familia afectada no ha cursado queja o petición alguna, según se informa
Aun a pesar de las dificultades a la hora de poder concretar el supuesto concreto que en su día nos fue puesto en conocimiento, y comprendiendo la preocupación generada por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución otorgando un plazo de tiempo oportuno para obtener resultados favorables con la organización del servicio de apoyo a este alumnado.








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