Queja número 16/3417
La Administración informa que se mantuvo una reunión entre la Delegación de Educación y el Alcalde de la localidad, en la que se informo que Ia Delegación esta dispuesta a realizar las obras necesarias para el mantenimiento de las instalaciones necesarias en el CEIP en cuestión.
Se ha acordado con el Ayuntamiento una visita de técnicos del APAE para realizar una valoración de posibles reformas en la parcela actual del Centro de Educación Infantil y Primaria.
La persona interesada en esta comunicación, exponía su preocupación por las carencias de instalaciones e insuficiencias estructurales que sufría -y sufre- un Centro de Educación Infantil y Primaria de un municipio de la provincia de Sevilla, aportando un dossier fotográfico que así lo ponía de manifiesto.
Del mismo modo, nos remitía numerosos escritos que le habían sido enviados a la Delegación Territorial de Educación desde el mes de julio de 2011 y hasta la fecha de la presentación de la queja, en el mes de junio de 2016, y en el que, poniéndose de manifiesto dichas circunstancias, se solicitaba la colaboración de la Delegación en el ámbito de sus competencias en materia de instalaciones e infraestructuras, sin que se les hubiera dado una respuesta adecuada a sus planteamientos.
Solicitamos a la Administración la emisión del preceptivo informe, para el esclarecimiento del asunto en cuestión.
Dando respuesta a nuestra solicitud, se nos envió un informe, en el mes de octubre de 2016, en el que, resumidamente, se manifestaba que la “diversidad de edificios aunque cercanos en distancia y, reconociendo elementos de insuficiencia de infraestructuras para lograr espacio de calidad, deberían finalizar en conclusiones encaminadas a, entro otros, planificar a corto y a medio plazo futuras actuaciones”.
Por todo ello, en virtud, de lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, dio lugar a formular las siguientes Recomendaciones:
1.- Que en el menor espacio de tiempo posible se proceda a establecer los contactos que sean necesarios con el Ayuntamiento del municipio al objeto de coordinar las actuaciones que por parte de la Administración, se harán para determinar qué intervenciones se habrán de llevar a cabo para subsanar las deficiencias de instalaciones e infraestructuras existentes en el colegio de dicha localidad.
2.- Que una vez concretadas aquellas, se procedan a llevar a cabo todas las actuaciones que sean procedentes para determinar la dotación presupuestaria necesaria, así como para establecer un calendario concreto de ejecución de las intervenciones que se determinen.”
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