La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Información rápida sobre la figura del Defensor del Pueblo Andaluz

 

¿Qué hace el Defensor?

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades.

Es un Comisionado del Parlamento y ayuda a las personas para resolver problemas o conflictos que hayan surgido en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

¿Cuándo se acude al Defensor?

Cuando estimemos que la actuación de una Administración no ha sido correcta y afecte a nuestros derechos y libertades.

La capacidad del Defensor del Pueblo Andaluz es muy amplia y se adapta a la variedad de casos en los que las personas se relacionan con todas las modalidades de Administraciones y Entidades Públicas.

¿En qué casos no puede intervenir el Defensor?

Existen casos recogidos en quejas que no pueden ser tramitadas por el Defensor por los motivos que señala la ley.

El Defensor del Pueblo Andaluz no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares, ni tampoco en asuntos que están planteados ante la Justicia, salvo en los casos de retrasos indebidos.

A pesar de no poder tramitar este tipo de quejas, el Defensor del Pueblo Andaluz explica a la persona interesada las razones que no le permiten tratar su reclamación y, además, le ofrece asesoramiento sobre otras posibles vías para atender sus intereses.

¿Quién puede acudir al Defensor?

Cualquier persona puede pedir la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz.

Sin distinción de edad, origen, residencia, nacionalidad, sexo o incapacidad legal.

También las asociaciones, entidades o personas jurídicas pueden acudir al Defensor.

Cómo se presenta y tramita una queja

Es muy sencillo. Basta con dirigir su reclamación explicando el problema que ha surgido con la Administración o el organismo afectado. Conviene acompañar los escritos o documentos que ayuden a comprender los motivos de la queja.

La queja debe estar firmada y además indicar una dirección donde enviar las comunicaciones y las respuestas del Defensor: Los trámites son ágiles, gratuitos y confidenciales.

Puedes contarnos tu caso desde nuestra página web. Si utilizas esta vía, el correo electrónico o la sede electrónica sin firma digital, es aconsejable que adjuntes copia del escrito con tu firma para agilizar el proceso.

El Defensor del Pueblo Andaluz envía un acuse de recibo a quien presenta su queja para confirmarle que su reclamación ha llegado y que su problema será estudiado.

Cuando la queja permite al Defensor intervenir, se admite a trámite pidiendo a la administración afectada  toda la información que aclare los motivos de la reclamación presentada.

El Defensor del Pueblo Andaluz manifestará su opinión acerca de la queja que ha investigado y, si el caso lo requiere, podrá solicitar a la Administración cualquier medida que ayude a corregir el conflicto.

En todo momento el Defensor mantiene informada a la persona interesada de las actuaciones que realiza y del resultado final de su intervención.

¿Dónde está la oficina del Defensor?

La oficina del Defensor del Pueblo Andaluz está en:
C/ Reyes Católicos, 21 • 41001 Sevilla

 

¿Cómo puedo comunicarme con el dPA?

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