Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/0203 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla
Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de las noticias aparecidas en diversos medios de comunicación, de que permanecen desocupadas algunas viviendas sociales rehabilitadas, ubicadas en el conocido como “Corral de la Encarnación”, en el barrio hispalense de Triana. En concreto, según estas noticias, de las 13 viviendas que componen el inmueble, 8 estarían desocupadas, a la espera de ser adjudicadas a familias con necesidad de vivienda.
No resulta desconocida la grave situación en la que actualmente se encuentran miles de familias en cuanto al ejercicio del derecho a una vivienda digna y adecuada, como consecuencia de haber perdido sus viviendas por ejecuciones hipotecarias o por impagos del alquiler, que se han incorporado como demandantes de viviendas protegidas o de viviendas sociales, uniéndose así a las familias que ya estaban demandando este tipo de viviendas antes de que la crisis se hubiera instalado definitivamente en nuestro tiempo.
Precisamente por esta situación, en la que es evidente que existe una gran demanda de vivienda protegida o social, nos llama la atención que permanezcan desocupadas estas 8 viviendas sociales pertenecientes al Ayuntamiento de Sevilla. En esta Institución recibimos diariamente a personas en situación precaria que demandan un techo digno y que, por desgracia, únicamente pueden disfrutarlo con la ayuda pública. Asimismo, son numerosos los escritos de queja de familias que se ven seriamente dificultados, cuando no imposibilitados, para acceder a una vivienda protegida, como fácilmente se desprende del número de inscritos en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de EMVISESA.
De acuerdo con lo anterior, y habiendo tenido conocimiento de la desocupación de estas viviendas de carácter social, hemos considerado conveniente abrir de oficio el presente expediente de queja, con objeto de interesarnos ante el Ayuntamiento de Sevilla, de confirmarse tal desocupación, por los motivos que la originan y otros extremos relativos a este asunto y a las viviendas desocupadas
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