Queja número 13/3355
En su escrito de queja la interesada exponía que tras haber sido desahuciada de su vivienda, con sus tres hijos de 14, 12 y 8 años, y haber tenido que vivir en la calle, se vio obligada a ocupar una vivienda de titularidad de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
Manifestaba que había sido denunciada por usurpación, siguiéndose contra ella las diligencias previas ..., instruidas por el juzgado de instrucción nº ... de los de Sevilla.
Por ello, decía la interesada que en breve sería desahuciada de la vivienda que actualmente ocupaba, no teniendo donde ir con sus hijos menores. Por lo que solicitaba se le adjudicase una vivienda de promoción pública en régimen de alquiler.
Ante esta situación solicitamos informe a la citada Agencia aclarando que esta Institución no aprueba la ocupación irregular de viviendas de titularidad pública. No obstante, la necesidad de vivienda que planteaba la interesada, y la existencia de menores afectados, nos había llevado a dirigirnos a esa empresa pública a fin de que nos informase sobre la situación descrita.
En el informe recibido de AVRA (Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía), destacamos los siguientes aspectos:
“(...) a raíz de la orden dada por el Juzgado de Instrucción n° ... el pasado 4 de noviembre del presente año, ordenando el desalojo de Dª. ... de la vivienda que ocupaba, ésta decidió abandonarla voluntariamente antes de la ejecución de dicha orden, solicitando a cambio que se le facilite el acceso a una vivienda cuando sea posible. Finalmente, el desalojo voluntario se produjo el 12 de noviembre, fecha a partir de la cual la vivienda ha pasado a disposición de la Comisión de Vivienda del Polígono Sur para dar cobertura en ella a alguna de las familias solicitantes de vivienda en la convocatoria del pasado mes de julio.
A partir del desalojo voluntario de la vivienda por parte de Dª: ..., esta agencia pública, sensible a las circunstancias que rodean a esta unidad familiar, está valorando una propuesta de realojo temporal en alguna vivienda propiedad de AVRA fuera del Polígono Sur”.
A la vista de lo anterior, parecía deducirse que el problema de vivienda de la interesada se encontraba en vías de solución, por lo que procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.
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