Queja número 20/2181
La presente queja fue admitida a trámite a fin de analizar la atención ofrecida a la meno internada en un recurso residencial y que debía compaginarse con sus atenciones médicas a instancias de la comunicación presentada por su madre. A tal efecto, nos dirigimos mediante escrito ante los servicios solicitando la información necesaria.
Se ha recibido el informe remitido desde la Delegación de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Córdoba en el que se viene a relatar detalladamente los trámites seguidos para atender las necesidades de esta menor. Y así se señala que:
“La demora en el traslado ha sido consecuencia de la no disponibilidad de plazas en el mismo. habiéndose producido el incremento de las mismas el día 1 de julio de 2020, fecha en la que finaliza el proceso de contratación y adjudicación del Servicio de Acogimiento Residencial para los menores del sistema de protección, que ha supuesto el incremento de plazas en el citado Centro.
Tanto la resolución del contrato, como la respuesta al Defensor del Pueblo Andaluz ha estado condicionada por la situación que hemos vivido a causa de la COVID-19.
En relación a la queja relativa a la imposibilidad de acudir a las citas médicas, se ha constatado en el expediente de la menor aportado por el centro de origen, que la próxima cita médica en Traumatología es el día 19 de octubre de 2020, con el doctor. En comparecencia efectuada el 23 de octubre de 2019. La progenitora manifiesta que el médico rehabilitador cesa su intervención. según sus manifestaciones, porque Ia menor no realiza los ejercicios pautados en casa. Por tanto, no hay constancia de que la menor no haya acudido a citas médicas, tal y como manifiesta la progenitora. De hecho acudió a una cita de oftalmología en otra provincia, para la que fue necesario su traslado. El Centro ha informado que la menor ha asistido a las citas médicas pautadas, incluso a las que han supuesto traslado de municipio.
Respecto a demora en la escolarización, el Centro de Protección de Menores informa que, con fecha 11 de diciembre de 2019 se tramita la solicitud de escolarización y la menor inicia la asistencia al Instituto el 16 de diciembre de 2019, por lo que la escolarización se realiza en menos de dos meses, dado que su ingreso en el Centro fue el 31 de octubre de 2019".
Del estudio del contenido de dicho informe, podemos deducir una valoración de las necesidades y retos para la menor por parte de los servicios afectados. La información señala las actuaciones que han realizado como el traslado al centro más próximo desde el que ofrecer los mejores servicios y facilitar la máxima disponibilidad a las necesidades y citas médicas de la menor.
Por ello, consideramos oportuno valorar la respuesta en un sentido colaborador ante las principales necesidades del servicio y determinar que estas medidas anunciadas, así como otras posibles que se determinen, se encuentran en vías de solución, por lo que, al día de la fecha procede concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de emprender las acciones de seguimiento que, en su caso, resulten necesarias para la mejor atención a la menor.
Por tanto, damos por concluidas nuestras actuaciones procediendo a la finalización de los trámites de la presente queja.
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