La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Valoran el grado de autismo del alumno para poder atender mejor sus necesidades educativas especiales

Queja número 18/2569

Las personas interesadas en este expediente denuncian la atención educativa recibida por su hijo, alumno con necesidades educativas especiales, en un colegio de la provincia de Cádiz, donde se encontraba escolarizado.

Durante el primer curso de infantil y desde que inició la escolarización en septiembre de 2014 en el Colegio, su tutora informó que la evolución del menor no era la adecuada y acorde a su edad, insistiendo reiteradamente en la conveniencia de que fuese valorado por el “Servicio de Atención Temprana”.

Por el contrario, el orientador del colegio, conocedor de la apreciación de su tutora y la preocupación de sus padres, opinaba que no era necesario que acudiese al “Servicio de Atención Temprana”, pues no presentaba problema de interés y en base a ello no debía ser derivado a dicho servicio.

En segundo curso de infantil, una nueva tutora destacó la escasa o nula evolución del menor, pero el orientador, continuó asegurando que el niño no presentaba ningún problema o dificultad relevantes y que no debíamos preocuparnos.

Siguiendo los consejos de su tutora y apreciando la diferente evolución del menor con respecto a otros niños de su edad, solicitaron ante el SAS su derivación al “Servicio de Atención Temprana”, lo cual no fue posible ya que, eran preceptivos los informes del orientador y del director del colegio y que antes debían ser remitidos a la Delegación de Educación para su tramitación según procedimiento establecido.

Ya en tercero de infantil, se realizó la valoración solicitada en el curso anterior.

En el SAS se dio de baja el expediente iniciado por los padres, por recomendación del orientador del Centro donde cursaba el menor, al considerar este “profesional” que no era necesario proseguir con ello.

Finalmente el menor inició, desde el ámbito sanitario, seguimiento en “Atención Temprana”, pudiendo ser atendido durante un año tan solo, hasta que cumplió seis años, edad en la que legalmente finaliza la en este servicio.

Tras varios tramites desde la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor de Andalucía, se recibe informe en el que se expone que, desde que el menor fue atendido en el centro de atención infantil temprana (CAIT) se han llevado a efecto reformas en el Servicio de Atención Temprana para mejorar la atención a los niños y niñas que precisen de este recurso y, en la medida de lo posible, dichos cambios contribuirán a evitar que las vicisitudes acontecidas en este caso puedan volver a producirse.

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