La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Una madre con dos hijos obtiene una vivienda social

Queja número 13/5457

La interesada exponía que se encontraba en una situación crítica, pues le había llegado una notificación de desahucio de la vivienda que ocupaba en Cádiz, para dentro de ocho días. Tenía 26 años y dos personas menores a su cargo de 2 y 8 años, los cuales ya habían vivido esta situación en tres ocasiones en el último año.

Indicaba que sólo tenía 200 euros de ingresos, y que no tenía ayuda de nadie, puesto que sus padres habían fallecido. Había hablado con Asuntos Sociales y con el Patronato y no le solucionaban nada pues le decían que no había dinero. Al respecto manifestaba que el Ayuntamiento de Cádiz tenía viviendas vacías, y aportaba la dirección de una de ellas.

Según parecía había estado recibiendo ayuda para pagar la vivienda, dada su carencia de recursos, pero su tramitación, según manifestaba, tardaba cuatro o cinco meses, por lo que se veía en su actual situación. Concluía su escrito con una desesperada petición de ayuda pues en ocho días se veía en la calle con sus hijos.

A la vista de las condiciones de precariedad que se nos trasladaba solicitamos informe del Ayuntamiento de Cádiz y del Patronato Municipal de Viviendas de Cádiz sobre si les constaba a ambas administraciones municipales la necesidad que manifestaba tener la compareciente de acceder a una vivienda protegida por la Administración.

El Patronato Municipal de Viviendas de Cádiz nos respondió que la interesada, con fecha 30 de Noviembre de 2012, resultó inscrita en el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Cádiz, en la modalidad de Vivienda en Arrendamiento y que en la relación de demandantes inscritos publicada el 15 de Septiembre de 2013, aparecía con una puntuación total de 10,5 puntos. Tras la solicitud de la interesada de revisión de su inscripción, fue atendida por la trabajadora social del Registro y el día 23 de Octubre de 2013 se le incrementó su puntuación en 1,5 puntos por considerar los criterios de Riesgo de Exclusión Social, Alquiler subvencionado y Antigüedad, alcanzando en consecuencia con dichos criterios, una nueva puntuación de 12 puntos; lo cual quedaría reflejado en la nueva relación de demandantes inscritos que sería publicada en fecha próxima.

Respecto a la necesidad urgente de vivienda, se nos informaba que era el área de Servicios Sociales la competente para determinar la vía de resolución más apropiada para tales casos de emergencia, por lo que la posible disponibilidad de viviendas protegidas quedaba sujeta al procedimiento de adjudicación de las mismas, de conformidad con los criterios establecidos al efecto por la Ordenanza reguladora del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Cádiz.

Por último, en relación a la vivienda vacía a la que aludía la interesada en su escrito, nos indicaron que la misma era objeto de procedimiento judicial de recuperación y que se encontraba deshabitada transitoriamente, como consecuencia del ingreso urgente de su inquilino en un Centro Residencial de Mayores, hasta su declaración judicial de incapacidad. Una vez recuperada la posesión de esta vivienda, sería puesta a disposición del Registro para su adjudicación atendiendo a los criterios y al procedimiento establecido al efecto.

Desde el Ayuntamiento, tras darnos cuenta de las distintas intervenciones llevadas a cabo con esta familia por parte de los servicios sociales, se nos decía que ante la pérdida de la vivienda la unidad familiar fue realojada temporalmente en el Hospital San Rafael por la Delegación Municipal de Asuntos Sociales, comunicándose dicha situación al Patronato Municipal de la Vivienda PROCASA, procediéndose, con fecha 26 de Febrero de 2014, a la adjudicación de vivienda social por encontrarse la unidad familiar en riesgo de exclusión social, estando, a fecha de emisión del informe que citamos, en proceso de ocupación.

A la vista de cuanto antecede, puesto que el problema de necesidad de vivienda por el que la interesada acudió a nosotros ha quedado resuelto, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

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