Queja 12/5197.- Una infracción de un peatón no origina pérdida de puntos en el carné de conducir.
Un ciudadano que, según el informe recibido de la Policía Local, había hecho caso omiso a la indicación de alto de un agente de la policía local del Ayuntamiento de Umbrete (Sevilla) había cruzado la calzada por el paso de peatones que estaba regulando en ese momento y con el que había mantenido posteriormente una actitud inadecuada, se dirigió a la Institución manifestando que estaba dispuesto a pagar el importe de la multa impuesta pero el problema es que le habían descontado 4 puntos del carné de conducir y él era camionero asalariado, con lo que podía perder su puesto de trabajo.
A la vista de los hechos y, en lo que concierne a esta última cuestión, la pérdida de puntos del carné, recordamos al Ayuntamiento que de acuerdo con la Ley de Seguridad Vial, «la pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir».
Por ello, hicimos una Recomendación solicitando la anulación de la sanción. Esta resolución fue aceptada por el Ayuntamiento de Umbrete
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