Queja número 21/6598
Se recibía en esta Institución escrito de un vecino de Sevilla, residente gran parte del año en una vivienda en la zona de Isla Canela, a través del cual exponía, entre otras cuestiones, que desde el año 2018 el Ayuntamiento de Ayamonte concedía licencia para la instalación de cuatro atracciones infantiles en una Avenida de Isla Canela, frente al edificio en el que residía gran parte del año, y que dichas atracciones tenían música a gran volumen desde primera hora de la tarde sin estar autorizado para ello. Había presentado varias denuncias en el Ayuntamiento sin haber obtenido ninguna respuesta y además aseguraba que estas atracciones nunca habían sido objeto de inspección ni control una vez instaladas.
Además, en una comunicación posterior a la del escrito inicial de queja, el promotor aportó una resolución del Ayuntamiento de Ayamonte, una vez finalizado el verano del 2021, en la que se indicaba que las autorizaciones de las atracciones infantiles se concedían sin posibilidades de instalar equipos de reproducción sonora y/o audiovisual, y que realizada inspección -tras el verano- no había atracciones instaladas, si bien anunciaban que tendrían en cuenta las indicaciones dadas para el siguiente verano.
A este respecto, tras el análisis de la queja, nos parecía que, desde luego, no le faltaba razón al promotor de la queja, ya que la fórmula de responder en septiembre cuando ya no había atracciones que inspeccionar, habiendo mantenido silencio desde la primera denuncia, denotaba cierta tolerancia para que estas atracciones dispusieran, de forma pública y notoria, de música no autorizada a gran volumen durante todo el verano, convirtiendo en algunos casos en un auténtico calvario el residir en la zona.
Entendimos por ello que, pese a dicha resolución, el Ayuntamiento de Ayamonte debía responder frente a este asunto y que, de alguna forma, fuera efectiva la afirmación de dicha respuesta según la cual se tendrían en cuenta las circunstancias denunciadas para el verano siguiente.
Por lo tanto, admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Ayamonte, el cual, tras muchas gestiones por nuestra parte, ha emitido tres respuestas:
En una primera contestación nos dio cuenta de: (i) resolución de concesión de autorización para el funcionamiento de actividad recreativa ocasional, de fecha 8 de abril de 2022, para el periodo 9 al 17 de abril, en el que expresamente se indicaba que no se autorizaba la instalación de equipos de reproducción/amplificación sonora o audiovisual; (ii) comunicación que se le envió al promotor de la queja en septiembre de 2021, informándose de que las autorizaciones para atracciones infantiles se concedían sin instalación de equipos de reproducción sonora o audiovisual; y (iii) de informe de Alcaldía de fecha 24 de febrero de 2023, confirmando que la autorización de 2022 se había concedido sin música.
En una segunda contestación fuimos informados de que en junio de 2022 se había acordado la incoación de expediente sancionador contra el titular de las atracciones con música, y como que tanto en el año 2022 como en el 2023 se había prohibido expresamente la utilización de aparatos de reproducción/amplificación sonora o audiovisual durante el funcionamiento de las atracciones.
Finalmente, en una tercera y última comunicación posterior por correo electrónico del Ayuntamiento de Ayamonte, fuimos informados de que estas atracciones recreativas se habían ubicado en otra zona, según el Plan de Playa aprobado por el Ayuntamiento, por lo que entendimos, especialmente en vista de esto último, que se daba solución a la problemática, por lo que archivamos el expediente de queja.








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