Queja número 23/8626
Se solicita la intervención de esta Defensoría para que el Servicio de protección de menores agilice el trámite que permita iniciar el procedimiento judicial para la adopción de la menor a la que tienen en acogimiento familiar con fines adoptivos. Nos dice que el expediente lleva cerca de 2 años y medio de tramitación y que la Delegación Territorial, que ejerce la tutela de la menor, aún no ha interpuesto la corresondiente demanda en el juzgado de familia, debiendo asumir tanto la menor como ellos los perjuicios que acarrea la falta de formalización de la adopción a pesar de total y favorable integración de la menor en su familia.
Nos interesamos por el caso de la menor ante la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Huelva y en el informe que recibimos se señala que en junio de 2021 se acuerda la guarda con fines de adopción de la menor y en octubre de 2022 se emitió primer Informe de seguimiento, en el cual se reseñaba que la menor estaba plenamente integrada en el núcleo familiar, sintiéndose querida y protegida por sus guardadores. El ambiente familiar estaba permitiendo un desarrollo físico, cognitivo, afectivo y social normalizado, por lo que la valoración de la integración de la menor en la familia fue muy positiva y merecedora de una propuesta de la adopción en firme.
El trámite administrativo de dicha propuesta de adopción se vio dificultado por la carga de trabajo que acumulaba el personal licenciado en derecho del Servicio de protección de menores, que hubo de priorizar actuaciones relativas a menores en situación de riesgo elevado para su integridad física y emocional, lo cual hizo que debiera transcurrir más de un año hasta que dicha propuesta fuese abordada por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda, cuya deliberación concluyó aprobando formular ante el juzgado la correspondiente demanda de formalización de la adopción del menor con la familia que vien ejerciendo su guarda y custodia.
El problema planteado en la queja quedó resuelto gracias a la presentación de la mencionada demanda en el juzgado.
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