La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Tras subsanar el error en su solicitud, le admiten una nueva solicitud de ayuda del Plan MOVES III

Queja número 24/9323

Recibimos comunicación de un vecino de un municipio de Almería, a través de la cual exponía que, en febrero de 2022, solicitó una ayuda del Plan MOVES III para la compra de un coche eléctrico. Entregó toda la documentación requerida, confiando en que el trámite se realizaría correctamente. Sin embargo, después de un largo tiempo, pudo conocer que había un error en la gestión, concretamente que no se había solicitado el achatarramiento del vehículo.

Ante esta situación, realizó los trámites sugeridos para el reintegro voluntario de la ayuda, mediante devolución de los 2.500€ más intereses con fecha 4/09/2024, a la espera de que quedase liberado su DNI para poder presentar nueva solicitud de ayuda. Destacaba que procedió al reembolso de ese importe con dificultad, ya que la cantidad representaba la totalidad de sus ahorros.

Pese a que habían transcurrido casi tres meses, y pese a haber estado llamando semanalmente a la Agencia Andaluza de la Energía para solicitar información sobre el estado de su expediente, las respuestas habrían sido poco claras y confusas, alegando que el asunto estaba en trámite informático y que su resolución sería “inminente”.

En la última llamada que había realizado, la persona que le atendió le informó de que no había fondos disponibles para el programa y que, entonces, la liberación de su DNI no sería urgente si ya no había fondos.

Ante la respuesta que había recibido señalaba que, cuando presentó su solicitud para devolución del importe de la ayuda y recibió la carta de pago, le aseguraron que había fondos disponibles por lo que, si ahora no había fondos, consideraba que se debía a que no habían gestionado adecuadamente su trámite en el tiempo correspondiente, lo que le dejaba sin la posibilidad de ejercer su derecho a volver a solicitar la ayuda.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la Agencia Andaluza de la Energía para solicitarle información que permitiera aclarar los hechos expuestos.

En su respuesta, la Agencia Andaluza de la Energía nos informó de que la nueva solicitud presentada a través del registro telemático único había sido registrada en lista de reserva provisional, por agotamiento presupuestario.

Al respecto añadía que el artículo de 10, apartado 13, del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, contempla que “durante los dos meses siguientes a la finalización de la vigencia de las correspondientes convocatorias, si alguna de las partidas destinadas a un programa de actuación no se hubiera agotado y otra tuviera lista de reserva o espera, se podrá reasignar el presupuesto entre los programas de incentivos, a criterio de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla, quedando por tanto sin efecto los porcentajes máximos establecidos inicialmente en el anterior apartado 10 para el reparto entre los mismos, y liberándose las reservas de presupuesto que se hubieran podido establecer”.

Tomando en consideración lo anterior, durante los dos meses tras la finalización de la vigencia del programa, prevista hasta el 31 de diciembre de 2024, en caso de que existieran fondos que no se hubieran comprometido destinados a la “actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el marco de este Programa”, éstos serían reasignados para atender, por orden de presentación, expedientes de la lista de reserva de la “actuación 1: adquisición de vehículos eléctricos”.

Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.

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