Queja número 13/4113
Se revisa el PIA del dependiente, asignándole plaza residencial.
La interesada exponía que su marido era dependiente y que había venido percibiendo la PECEF. El empeoramiento de su estado hizo necesario solicitar el cambio de recurso, con objeto de que pudiese acceder a plaza residencial concertada.
De todo ello hacía más de un año, durante el cual la revisión del PIA había supuesto que dejase de percibir la prestación económica, sin haber accedido a ninguna Residencia, habiendo quedado desprotegido y sin recurso.
A nuestra solicitud de informe, la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga nos respondió que el dependiente padecía Alzheimer y actualmente se encontraba ingresado en una residencia.
Nos informaron que se solicitó la Ley de Dependencia el 16 de Septiembre de 2009 resolviéndose un Grado III, Nivel 1, con fecha 7 de abril e 2010, consecuencia de lo cual el 12 de Julio de 2010 se le resolvió PECEF por un importe de 354,43 euros mensuales y unos atrasos de 3363.39 euros.
El 23 de Noviembre de 2011 se presentó un escrito en el que se solicitaba revisión con el fin de cambiar la prestación económica para cuidados en el entorno familiar por prestación vinculada al servicio de atención residencial, para lo cuál se presentó una reserva de plaza con fecha 24 de Octubre de 2011. El 13 de Diciembre de 2011 se reabrió el PIA el cual tuvo entrada en la Delegación el 22 de Mayo de 2012, se propuso corno única opción la prestación económica vinculada al servicio en la residencia".
El 31 de Agosto de 2012 se emitió un certificado de inexistencia de plaza concertada en la residencia, por parte de la Jefa de Servicio de Valoración de la Dependencia de Málaga, dando por válida la reserva de plaza en la residencia, para continuar el procedimiento.
El 22 de Marzo de 2013 el departamento de seguimiento de Valoración, según se nos indicaba, contactó telefónicamente con la hija de la persona dependiente, la cual informó que éste había sido ingresado en la residencia, información que fue contrastada y confirmada con la Trabajadora Social de dicha residencia, según consta en una Diligencia de actuaciones del departamento.
El 30 de Abril de 2013 se procedió a la extinción de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, ya que al estar ingresado en un centro residencial, no cumplía los requisitos para los que se resolvió dicha prestación.
Seguían informándonos que actualmente y a la vista de la importante disminución presupuestaria que estaba sufriendo el Sistema de la Dependencia por parte del Estado como consecuencia, entre otras cosas, de la publicación del R/D Ley 20/2012 de 13 de Julio, el PIA se encontraba en estudio en el Servicio de Valoración de la Dependencia, para determinar la viabilidad de la única propuesta de recurso planteada por los Servicios Sociales Comunitarios.
En este contexto, se nos indicó que la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía asumía como objetivo prioritario garantizar la sostenibilidad y el mantenimiento del Sistema, sin olvidar la necesidad de optimizar los recursos existentes a la vista de las necesidades planteadas.
A la vista de lo informado, mantuvimos contacto telefónico con la promotora de la queja, quien nos confirmó la obtención de plaza residencial concertada, tras la revisión del PIA, por lo que acordamos dar por concluidas nuestras actuaciones.
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