Queja número 17/5725
La compareciente exponía que desde el 19 de noviembre de 2016 tenía solicitada la revisión del Programa Individual de Atención, al ser el recurso que tenía concedido por esa fecha, insuficiente para cubrir sus necesidades.
El aumento de su dependencia y la imposibilidad de sus familiares para poder atenderla, conllevó a que el 25 de octubre de 2016 ingresara, ocupando plaza privada, en un Centro de Mayores. Como económicamente ya no podía seguir pagando la plaza, solicitaba le informáramos de como se encontraba su expediente.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, se nos contestó que con fecha 1 de junio de 2018 se dictó resolución aprobando el PIA y reconociendo el derecho de acceso al servicio de atención residencial para personas mayores en la residencia en la que ya se encontraba, como modalidad de intervención más adecuada según el grado reconocido.
Habiendo sido aceptada la pretensión de la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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