Queja número 18/3424
La interesada exponía que en junio de 2016 solicitaron la suspensión temporal del procedimiento de elaboración del Programa Individual de Atención (PIA) de su padre, habida cuenta de que se trasladaría unos meses a una residencia de verano, indicando que en el mes de septiembre se solicitaría de nuevo la reapertura del expediente, como afirmaba que hicieron. Sin embargo, con fecha 25 de octubre de 2016 la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla aprobó una resolución en la que se daba por aceptado el desistimiento del PIA.
La interesada desconocía en qué estado se encontraba el expediente, pues según le habían informado, estaba en lista de espera para acceso a plaza residencial. Manifestaba que urgía la aprobación del PIA, por cuanto su padre padecía una demencia del tipo Alzheimer con trastornos de conducta y agresividad.
Solicitado informe a la citada Delegación Territorial, respondió que con fecha 20 de julio de 2018 se dictó resolución aprobando el PIA y reconociendo el derecho de acceso al servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada.
En vista de que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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