Queja número 20/2087
En su escrito de queja el reclamante exponía que recibió resolución el día 9 de octubre de 2019, reconociéndole a su padre el Grado III, de Gran Dependencia. Nos manifestaba que con fecha 28 de noviembre de 2019, recibió visita domiciliaria de la trabajadora social de otro municipio, puesto que en ese momento el Ayuntamiento de su municipio no disponía de trabajador social.
Nos trasladaba su desesperación debido al tiempo transcurrido desde que inició los trámites para el reconocimiento del grado de dependencia de su padre en el año 2017, por lo que solicita que se le resolviese sin más demora su Programa de Atención Individual.
Admitida a trámite la queja, nos dirigimos a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada que, mediante informe, nos comunicó que, finalmente, se había procedido a dictar resolución reconociéndole a la persona dependiente el derecho al acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio.
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