Queja número 16/6378
Tras nuestra intervención, el Servicio Provincial resuelve expresamente en vía de recurso.
La parte promotora de la queja expone que con fecha 30 de mayo de 2016 formuló ante el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de Cádiz recurso de reposición contra liquidación por IBI de ejercicios 2011 a 2016, reiterando el mismo en fecha 26 de agosto de 2016, sin que hasta la fecha de la presentación de la queja hubiera recibido una respuesta.
Interesados ante la Administración tributaria recibimos informe al efecto indicando que con fecha 27 de enero de 2017 se ha resuelto disponer la inadmisión a trámite del recurso formulado por extemporáneo.
A la vista de la información recabada, y dado que el presente expediente de queja se iniciaba a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por el referido organismo al recurso de reposición formulado por la parte interesada, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada con la respuesta denegatoria y expresa notificada, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.
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