Queja número 18/6816
El reclamante exponía que el 22 de febrero de 2018 remitió escrito al Ayuntamiento de Lantejuela solicitando la concesión de cédula de habitabilidad de una vivienda de nueva construcción de su propiedad, así como la devolución de la fianza en su día requerida, todo con arreglo a la licencia municipal que, en su día, le fue concedida.
Al no obtener la respuesta reiteró su solicitud con fechas 4 de junio, 5 de septiembre y 30 de octubre de 2018, pero tampoco ello motivó la emisión de la misma.
En vista de lo anterior, sin entrar en el fondo de las cuestiones planteadas en los escritos presentados por el interesado, solicitamos del citado Ayuntamiento que se diera una respuesta expresa a los mismos.
El Ayuntamiento nos informó que se había resuelto conceder la licencia de Ocupación a favor del interesado, aprobar la liquidación de la tasa por licencia urbanística cuyo importe ascendía a 35,00 euros y que no había sido abonada, con indicación al interesado de que, con la licencia, el promotor adquiría la obligatoriedad de cumplir las determinaciones recogidas en la normativa del Consorcio y Abastecimiento y Saneamiento de Aguas “Plan Écija".
Vista la comunicación remitida, entendimos que la misma ponía fin a la situación de falta de respuesta a los escritos que motivó nuestra intervención, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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