Queja número 17/0178
Tras nuestra intervención la Administración recaudatoria le devuelve lo indebidamente ejecutado.
La parte promotora de la queja expone que en fecha 17 de octubre de 2013 interpusieron recurso de reposición contra varias liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
Que, pese a la interposición del recurso, tuvieron que presentar aval para cubrir en su caso el pago de la cantidad, pese a haber solicitado la suspensión de la vía ejecutiva.
Formula queja solicitando nuestra intervención para lograr que se les notifique resolución al respecto del referido recurso.
Interesados ante la Administración se nos indica que ha sido dictada por la Presidencia de este Organismo Resolución estimatoria de las pretensiones de los recurrentes, decretándose el derecho a la devolución de las cantidades abonadas en exceso, más los intereses correspondientes.
Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su recurso de reposición, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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