Queja número 18/5952
La interesada era propietaria de un bloque compuesto por cuatro pisos en dos plantas y tres cocheras en Andújar (Jaén), edificio colindante con una casa en estado de ruina y abandono, la cual venía denunciando por escrito con fecha 17-18 de mayo de 2013 y verbalmente en el Ayuntamiento, aportando reportaje fotográfico a los técnicos competentes y comentándoles que, dado su estado de ruina y por seguridad vial, debía de ser tratada o demolida. La contestación era siempre la misma “hasta que Patrimonio de Jaén no dé la orden no se puede hacer nada.”
Por otro lado, el estado de abandono conllevaba nidos de palomas, ratas y culebras cuya presencia sufrían los inquilinos del mencionado bloque, teniendo que adoptar medidas de seguridad para evitar su introducción en los pisos, como en alguna ocasión había ocurrido.
Admitida la queja a trámite nos dirigimos al Ayuntamiento del Andújar solicitando que, por parte de los Servicios Técnicos Municipales, se verificara la situación del inmueble y, en caso de resultar procedente, se ordenara a la propiedad la ejecución de las obras que resultaran necesarias para conservar sus adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato.
En la respuesta recibida se nos dio cuenta de la situación urbanística y patrimonial del inmueble informándonos que se había emitido informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 29 de enero de 2019, concluyendo que procedía dictar orden de ejecución de demolición, por lo que se había dado traslado a la Delegación Territorial de Cultura en Jaén a fin de recabar su previa autorización y poder cursar la orden de demolición a la propiedad.
De acuerdo con ello, interesamos que se nos mantuviera informados acerca de si se había obtenido la autorización recabada a la Administración Autonómica y, de ser así, si se había emitido la posterior orden de ejecución de la demolición del inmueble a la propiedad.
Se nos indicó por el Ayuntamiento que se encontraban pendientes de recibir la autorización previa de la Delegación Territorial de Cultura de Jaén para poder tramitar la licencia de demolición del inmueble en cuestión.
De acuerdo con ello, interesamos que se nos mantuviera informados acerca de la recepción de la autorización recabada a la Administración Autonómica y, de ser así, si se había emitido la posterior orden de ejecución de la demolición del inmueble a la propiedad.
En caso de persistir el retraso que se apreciaba en la respuesta de la Delegación Territorial de Cultura de Jaén, solicitamos que se nos remitiera copia de la solicitud municipal a dicho organismo a fin de que, por nuestra parte, instáramos a la Administración Autonómica para que no se demorara su pronunciamiento, en el sentido que procediera, sobre este asunto.
El Ayuntamiento de Andújar nos informó que la demolición ordenada se encontraba únicamente pendiente de que se procediera por las compañías suministradoras a la retirada del cableado que discurría por la fachada del inmueble.
Así las cosas, esperando que esta autorización no se demorara, cabía estimar que nos encontrábamos ante un asunto en vías de solución a corto plazo por lo que, no considerando necesarias nuevas gestiones por nuestra parte, dimos por concluida nuestra intervención en este asunto.
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