Queja número 19/6259
La compareciente exponía que su hermano tiene aprobado el PIA, asistiendo al servicio de centro de día UED Faisem, recibiendo una hora de ayuda en su domicilio.
Manifestaba que no existen centros adecuados para el perfil del dependiente y que el estado de salud de su hermano se estaba deteriorando cada vez más. Reclamaba que la Administración fuese consciente de esta realidad, tanto de los afectados como de sus familiares, ofreciendo centros adecuados para su cuidado. En el caso concreto de su hermano solicitaba que, al menos, mientras quedase una plaza libre en la Casa Hogar, le aumentasen el número de horas del servicio de ayuda a domicilio para que un auxiliar pudiese atenderlo por la tarde y vigilar que se toma la medicación.
Interesados ante la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se nos participa, en extracto, que no constaba que el dependiente hubiese solicitado la revisión de PIA para el reconocimiento del servicio de atención residencial.
De tal informe dimos traslado a la reclamante, manifestando esta su disconformidad con el contenido del mismo puesto que, según nos explicaba, su trabajadora social solicitó la revisión del PIA de su hermano hace dos años por la vía de urgencia, además, refería que le habían informado de la existencia de cuatro personas por delante de su hermano para poder acceder a servicio de atención residencial “casa hogar”.
A la vista de tales alegaciones, nos interesamos nuevamente por el asunto ante la Administración, trasladándonos más tarde la reclamante que su hermano ha podido acceder al servicio de atención residencial solicitado.
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