Queja número 17/3106
En su escrito de queja, la interesada nos indicaba que desde hacía un año estaba solicitando determinada documentación al Ayuntamiento de Los Corrales (Sevilla), sin obtener respuesta, a pesar de que había reiterado la petición en varias ocasiones.
Tras admitir a trámite la queja, el Ayuntamiento, en diversas respuestas que nos envió, consideraba que no tenía la condición de interesada respecto de la documentación que había solicitado, por lo que tuvimos que formular resolución al mismo.
Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos dio cuenta de los diversos escritos presentados por la interesada señalando la situación judicial que subyace en este asunto y exponía que, a juicio municipal, en contraposición con lo expresado por esta Institución, no se ha ejercido la acción pública urbanística por la interesada en este caso, apelando a amplia documentación doctrinal que se nos transcribía. No obstante, pese a estas objeciones, se señala que vista nuestra Recomendación se le permitía el acceso a la información disponible en relación a la parcela concreta, requiriéndole para que concrete la información a la que pretende acceder.
Así las cosas, considerando que, pese a las objeciones expuestas, se ha manifestado la aceptación de nuestra Resolución y se pretendía facilitarle, en los términos indicados, el acceso a la información urbanística antes concretada a la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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