Queja número 18/2949
En su día compareció ante la Institución la interesada, poniendo de manifiesto que en el mes de mayo de 2015 presentó recurso de reposición contra la denegación de la beca de la convocatoria general que había solicitado para el curso 2014-2015, sin que hasta la fecha de la presentación de la queja, mes de mayo de 2018, hubiera sido resuelto.
Resultaba incomprensible, además, que para el curso 2015-2016 hubiera presentado solicitud para la misma clase de beca, se le denegó por la misma causa, e igualmente recurrida en reposición, dicho recurso fue estimado a los pocos meses de su presentación, por lo que no entendía que el presentado en el mes de mayo de 2015 aún estuviera pendiente.
En consecuencia, sin entrar en el fondo de la cuestión planteada y a los efectos de que se diera cumplimiento a lo establecido en la normativa de Procedimiento Administrativo, interesamos de la entonces Dirección General de Participación y Equidad la obligación de resolver expresamente el recurso presentado por la interesada.
Finalmente, desde dicho centro directivo se nos ha informado de que por Resolución de 4 de febrero de 2019, ha sido considerada beneficiaria de la beca que en su día solicitó, habiéndose ingresado la cuantía que le ha correspondido en los primeros días del mes de marzo de 2019.
A la vista de la respuesta recibida, entendemos que el objeto de la presente queja, que la administración respondiera a la persona interesada, se ha conseguido, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios
Escribir un comentario