Queja número 17/1662
La Administración informa que se había producido un error administrativo en relación a este expediente sin ninguna intencionalidad, la tardanza en el pago de estas ayudas está sujeta a disponibilidad presupuestaria.
Se comprueba que se procedió a emitir resolución concediéndole la ayuda, se notificó y se procedió al pago de la misma.
La persona interesada muestra su preocucación al haber tenido conocimiento que la tramitación de su expediente ha sido relegado en el orden de prelación para ser tramitado en un momento posterior, todo ello sin ningún motivo que lo justifique. Refiere que este trato diferente perjudica su legítimo derecho y supone una injusticia ya que le impedirá acceder al cobro de las ayudas económicas cuya tramitación acumula años de demora.
0 Comentarios
Escribir un comentario