La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Trabajan para que el menor con necesidades educativas especiales pueda beneficiarse del apoyo que necesita en el colegio

Queja número 21/8328

La presente queja se tramita en relación con los recursos asignados al alumnado con necesidades educativas especiales de un Centro de Educación Infantil y Primaria, en una localidad de Sevilla.

En su día esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, se hizo eco del caso y nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Sevilla para conocer las actuaciones emprendidas ante la situación creada.

La Delegación Territorial ha enviado informe en el que se manifestaba lo siguiente:

Primero.- Que el Servicio de Ordenación Educativa de esta Delegación Territorial, en relación con la disconformidad que manifiesta por las carencias del servicio de Personal Técnico de Integración Social para su hijo informa:

El alumno presenta Necesidades Educativas Especiales derivadas de Lesiones de Origen Cerebral, por lo que se prescribe en Informe de Evaluación Psicopedagógico y Dictamen de Escolarización los siguientes recursos especializados: Maestro de Pedagogía Terapéutica (PT), Maestro de Audición y Lenguaje (AL) y Profesional Técnico de Integración Social (PTIS).

Se presenta una solicitud de admisión en tres años, en el periodo de escolarización para el curso 2021-22 en un CEIP, centro que en el curso 20-21 no tiene recurso PTIS, siendo otro CEIP de la misma localidad el que si disponía de este recurso de difícil generalización (como se recoge en las Actas de la Comisión de Escolarización correspondiente).

Recibida por parte del Servicio de Ordenación Educativa, vía ventanilla electrónica, la demanda de recurso PTIS por parte del centro para atender a este alumno, se resuelve realizar la compartición del segundo PTIS de un Instituto de Educación Secundaria, de la localidad, con el CEIP en cuestión (10 horas), [. . .]".

Segundo.- Que este mismo asunto fue objeto de queja presentada por el interesado, en el LIBRO DE SUGERENCIASY RECLAMACIONES, el 30 de noviembre de 2021, actuación que consideramos viene a duplicar nuestros esfuerzos, ralentizando el funcionamiento de la Administración, al reiterar, en un plazo breve, dicha cuestión. Dar respuesta en plazo a los ciudadanos es nuestro objetivo prioritario, sin embargo, en más de las ocasiones deseadas, máxime con la crisis sanitaria a la que nos hemos visto expuestos, deviene en una tarea complicada".

A la vista de la información ofrecida, apuntamos la oportunidad de estudiar la asignación de los recursos del centro, así como del resto de la localidad, mediante la obligada compartición de la plaza de PTIS a cargo del profesional asignado originariamente al IES que ahora se destina también al CEIP. Esta decisión, aunque dirigida ciertamente para atender las necesidades de escolarización que se expresan en la queja y que han quedado debidamente acreditadas, no deja de evidenciar unos recursos muy limitados.

El caso que se describe deviene de la escolarización del alumno en el curso de tres años en un colegio en el que parece no disponerse de este recurso común de PTIS, de tal forma que la fórmula que se aplica es la de compartir el régimen horario original del PTIS del Instituto de Educación Secundaria lo cual, en la relación de conflictos de esta naturaleza, viene a implicar una minoración de las capacidades horarias de intervención de estos profesionales, además de problemas derivados de los traslados que no quedan bien resueltos para acudir de un centro a otro.

Aunque la medida acordada enerva la decisión de emitir un pronunciamiento formal como Resolución, será necesario un proceso de seguimiento y atención a lo largo del curso para poder evaluar la eficacia y oportunidad de estas respuestas dadas para el CEIP para el alumnado aludido, en relación a su efectivo desempeño y acorde con las demandas de servicios de su alumnado con necesidades especiales en el conjunto de la localidad.

Con todo, queremos entender que el problema concreto expresado en la queja se encuentra en vías de solución a través de la medida anunciada que exigirá su oportuno control.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

0 Comentarios

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías