Queja número 18/2241
En relación con escrito de queja presentado en esta Institución referente a requisitos para el empadronamiento mediante sede electrónica el Ayuntamiento de Huelva nos traslada la siguiente información:
“(....)
se han ido tomando diversas medidas correctoras:
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Sobre el desboradamiento del Registro General, se detectó el motivo y ya no sucede más.
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Sobre el cuelgue del Portal y del Registro General, así como sobre la sensibilidad del Portal a las versiones de sistemas operativo, navegador y máquina java, (…...) se instaló la versión nueva de ambas aplicaciones, que estaban anticuadas. El salto de versión ha sido bastante grande y según las especificaciones del proveedor estos problemas están ya corregidos. El Cambio de versión se ha demorado en exceso debido al incidente con los servidores ocurrido en junio, que obligó a comenzar a preparación del cambio desde cero otra vez.
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Sobre los problemas de la instalación de autofirma en el PC del usuario la medida, que aún no se ha ejecutado, será modificar la página de información de nuestro portal, que ha quedado obsoleta, adaptándola a la situación actual.
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Sobre los problemas de @firma en el Ministerio, que aparece que van ocurriendo menos, no tenemos acciones a tomar puesto que escapan al control del Ayuntamiento.
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Sobre los problemas que salen fuera de las competencias de este servicio de NNTT, como qué solicitudes son válidas en online y cuáles no, pueden paliarse en parte mediante una página con información concisa y clara, previa al trámite explicando en qué condiciones puede solicitarse y en qué otras no.”
Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encuentra en vías de solución, tras la implantación por la Administración Municipal y sus servicios de medidas técnico operativas tendentes a resolver las incidencias producidas en el aplicativo informático, destinado a facilitar el procedimiento administrativo para inscripción de altas y bajas en el Padrón municipal.
Es por ello que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
No obstante, le indicamos que si transcurrido un tiempo prudencial observase que no se realizan las actuaciones mencionadas o el problema por el que se dirigió a esta Institución continúa, podrá dirigirse nuevamente a esta Institución para poder prestarle de nuevo nuestra colaboración.
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