La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 24/2626

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, a fin de analizar las necesidades de mejora de atención de monitores en el servicio de comedor del centro afectado.

La tramitación de la queja llevó a formular Resolución con fecha 3 de septiembre de 2024 ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada:

RECOMENDACIÓN para evaluar la ordenación de los recursos de profesionales especializados en el CEIP destinado a la atención del alumnado con necesidades educativas específicas y promoviendo, en su caso, los refuerzos o ajustes que resulten adecuados para la adecuada cobertura durante el servicio de comedor escolar”.

Con fecha 12 de diciembre de 2024, la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada adjuntaba una comunicación interior ceñida a la posición que elaboraban sendos Servicios alegando ante la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz, sobre la Resolución dictada, conforme señala el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, que:

1.- Que para el presente curso escolar 2024/2025 la Dirección del Centro, a través de ventanilla SÉNECA, realiza la petición de aumento de monitor/es de mejora, destinados a niños/niñas usuarias del comedor escolar, motivada por N.E.E. de usuarios de dicho comedor escolar comedor escolar. Indicando en dicho escrito de fecha 17 de octubre de 2024, el número de usuarios del comedor escolar de NEE y el nivel educativo, sin mas datos.

2.- Recibida la petición por parte de este Servicio, se informa al Centro del envío a la APAE, de dichas peticiones ya que corresponde a este organismos la gestión de dicho servicio complementario y el estudio de las peticiones de monitores de mejora, que atenderán en todo caso a los usuarios de NEE que haya en este servicio complementario de comedor escolar.

3.- Que es esta Agencia, la que a través de los tipos contractuales firmados por las empresas concesionarias de comedor escolar, facilita el aumento y/o dotación de monitores de mejora, para el comedor escolar, de acuerdo con los pliegos de licitación aceptados por dichas empresas.

4.- Que tal como hace constar la Dirección del CEIP de Granada, con fecha 3 de diciembre de 2024, constata que de la solicitud de fecha 17/10/2024, ya mencionada, fue atendida y que se otorga un monitor adicional de mejora para atender al alumnado usuario del comedor y diagnosticado con NEAE. Al día de hoy continúa prestando sus servicios en el comedor del centro, todo ello de acuerdo con la comunicación de la Dirección”.

El servicio de Ordenación concluye:

Consultados los datos obrantes en el Servicio de Ordenación Educativa, una vez realizada la petición por parte del centro CEIP, se ha dotado el recurso que se solicitaba”.

Podemos comprobar, pues, que desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se han dispuesto iniciativas para identificar posibles actuaciones de mejora en el servicio de comedor del centro educativo, así como disponer su coordinación con los servicios centrales de la Consejería.

En suma; el centro educativo ha acreditado unas intervenciones necesarias que deben revertir en una mejora sustancial en sus condiciones de acogida y de servicio al conjunto de la comunidad educativa de la localidad. Por tanto, conforme a las respuestas ofrecidas ante la Resolución dictada, nos ratificamos en el criterio manifestado desde esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, reiterando la importancia de impulsar decididamente los proyectos anunciados en el CEIP para reforzar el apoyo de monitor en el servicio de comedor.

Por cuanto respecta al presente expediente de queja, a la hora de valorar las respuestas ante la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz al amparo del artículo 29 de la Ley 9/1983, podemos discernir la aceptación de la Resolución a cargo de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Granada.

En todo caso, permanecemos atentos a cualquier novedad que se produzca en orden a estas necesidades de mejora de las infraestructuras educativas y persistiremos en la labor de continuidad y seguimiento que el asunto merece, lo que ocupará la atención de esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz en futuras intervenciones.

Procedemos, pues, a recoger dicha valoración en el Informe Anual al Parlamento de Andalucía, en los términos recogidos en el artículo 29.2 de la Ley 9/1983 citada, y a la conclusión del expediente dando cuenta a la parte interesada.

Estrategia Estatal de Derechos de la infancia y la adolescencia. Plataforrma de la Infancia

Actividades para profundizar en el conocimiento de la Estrategia Estatal de Derechos de la infancia y la adolescencia

La Plataforma de Infancia continua con la elaboración de materiales adaptados para que niñas, niños y adolescentes puedan acercarse un poco más al conocimiento de la Estrategia Estatal de Derechos de la infancia y la adolescencia y a algunas de sus líneas estratégicas.  

Imagen: 
Fecha: 
Jue, 13/03/2025
Temas: 
Provincia: 
ANDALUCÍA
  • Hablar del empoderamiento de las niñas es hablar de un mañana con mayores oportunidades y perspectivas de futuro para ellas
  • Cualquier forma de violencia contra la mujer supone una vulneración de los derechos
  • La realidad social que llega al Defensor evidencia que son las mujeres las que conviven con un mayor riesgo de pobreza.

 

El día 8 de marzo conmemoramos el Día Internacional de la Mujer, para seguir trabajando por visibilizar y defender la igualdad real entre hombres y mujeres.

Este 2025, la ONU ha escogido el lema: “Para todas las mujeres y niñas: derechos, igualdad y empoderamiento” para celebrar este día. Con el empoderamiento se pretende poner el foco en las niñas y mujeres jóvenes que tienen en su mano la difusión de estos valores. Hablar del empoderamiento de las niñas es hablar de un mañana con mayores oportunidades y perspectivas de futuro para ellas.

De este lema se extraen además dos ideas principales; la primera versa sobre el deseo de que las consignas asociadas al Día de la Mujer lleguen a todas partes del mundo, que tenga alcance internacional y abarque todas las esferas de la sociedad. La segunda es plasmar su intención por alcanzar unos derechos aún limitados, fomentar la igualdad en pro del empoderamiento femenino.

Como Defensor del Pueblo Andaluz nos oponemos a la violencia estructural que sufren las mujeres, en ocasiones de forma invisible e indirecta. Recalcamos que cualquier forma de violencia contra la mujer supone una vulneración de los derechos humanos y contra esto no podemos quedar en silencio.

Como institución garante y vigilante de los derechos de la ciudadanía constatamos cada día que la sociedad no ha alcanzado una verdadera igualdad. Son muchos los estudios y estadísticas que reflejan que hay más mujeres que hombres en situaciones de pobreza y exclusión y como Defensor del Pueblo Andaluz, que canaliza la realidad social que nos llega a través de las reclamaciones de la ciudadanía, son mayoría las quejas que demuestran que las personas andaluzas que están en una situación de mayor vulnerabilidad son siempre las mujeres.

Evidenciamos todos los días lo que los estudios recopilan, y es que, por su situación socioeconómica, por tener alguna discapacidad, por su edad, por ser migrantes, son las mujeres las que conviven con un mayor riesgo de pobreza. Así lo expuso el Defensor del Pueblo Andaluz el pasado año, ante la Comisión de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad del Parlamento para mostrar su compromiso con la lucha por la erradicación de la violencia de género.

Han existido diferentes fechas clave de la lucha feminista y el 8M fue la elegida hace más de 100 años para conmemorar los avances y los sacrificios que nos han traído hasta donde estamos en materia de igualdad. La igualdad de la mujer debe ser un aspecto transversal de nuestra realidad y seguiremos reivindicándola hasta que sea alcanzada.

Este 2025 el mundo entero conmemora el 30 aniversario de la firma de la Declaración Beijing, el plan más ambicioso para alcanzar la igualdad en oportunidades de niñas y mujeres a lo largo y ancho del globo. El lema de este año va acorde a esta idea, puesto que la Declaración tiene como espíritu la promoción del empoderamiento femenino como herramienta de cambio social.

El día de la Mujer existirá hasta que se alcance la igualdad real entre hombres y mujeres. Estamos en un momento en el que algunos intentan hacernos retroceder, minimizar nuestras voces y dar por alcanzados todos los derechos. Ante esta situación debemos responder claro: la causa feminista es una responsabilidad para el conjunto de nuestra sociedad.

 

Nos reunimos con más de una treintena de asociaciones de Lebrija y Utrera

La Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC) del Defensor del Pueblo andaluz se ha reunido con más de una treintena de asociaciones de la comarca del Bajo Guadalquivir durante su estancia en el territorio, atendiendo a la ciudadanía a título individual y a estos colectivos. En concreto, un equipo de esta oficina ha estado el miércoles 5 de marzo en Lebrija y el jueves, 6 de marzo, en Utrera.

 

El encuentro de la Defensoría con las entidades sociales de la zona es uno de los puntos más importantes del programa de visitas al territorio andaluz que la oficina viene haciendo desde el año 2015 con 64 visitas comarcales ya realizadas. Estas reuniones son claves para testar los problemas principales de la zona a través del testimonio de sus portavoces sociales, además de favorecer un espacio para que se conozcan entre sí y compartan inquietudes pero también buenas prácticas y sinergias.

 

En la jornada de hoy en Utrera, un equipo de esta Oficina ha atendido en la Biblioteca municipal a una docena de personas que le han trasladado diferentes quejas sobre salud, dependencia, urbanismo, situación del transporte público, tala de árboles, vertederos, estado de algunos centros educativos o vandalismo, entre otras. También se han reunido con los servicios sociales de Utrera, El Palmar y Los Palacios, que les han contado las dificultades a las que se enfrentan en su trabajo diario para poder prestar la mejor atención posible a la ciudadanía y, atendido a algunos colectivos que se han desplazado por la mañana como la Red Utrera por el Clima o la Plataforma por la Sanidad, de Utrera.

 

Por la tarde se han reunido con una decena de entidades sociales: Renacer, Asppacolas, TDAH Utrera; Sildavia, Fribromialgia Arco de la Villa, Fibromilagia y Fatiga crónica, Amigas de Utrera, Alzheimer Utrera Federacion Uter, Vopan, exclusión social y asociaciones de mujeres. En ellas la Oficina ha podido comprobar el compromiso y la labor que estas entidades desempeñan en la defensa de los derechos sociales y ha escuchado sus proyectos y demandas, poniéndose a su disposición para ayudarles a conseguir sus objetivos.

 

En la jornada de ayer en Lebrija tuvo lugar la reunión que con los servicios sociales de la comarca viene realizando la oficina del Defensor en cada uno de sus desplazamientos, en su papel como la puerta de entrada al sistema de derechos sociales y también se celebraron las citas de atención a las personas que se acercaron a las dependencias que les cedió el Ayuntamiento de Lebrija en la Casa de la Cultura.

 

En concreto, la oficina del dPA se reunió con los equipos de servicios sociales de El Cuervo, Lebrija y Las Cabezas que les trasladaron la labor que realizan y sus retos y preocupaciones en materia de vivienda, de servicios sociales, de atención a la ciudadanía, etc.

Por la tarde se reunieron con las asociaciones de carácter social de la comarca: la Plataforma de Sanidad de Lebrija; la asociación de amigos del pueblo saharaui; Asaenes de Lebrija; Ajusdisle y la Asociación de Alzheimer.

 

 

 

 

 

Este 28 de febrero, Día de Andalucía, es una oportunidad única para reflexionar y preguntarnos sobre los valores que estamos perdiendo y que nos impiden hoy reconocernos con orgullo como andaluces y andaluzas.

Estoy convencido de que esta festividad es una ocasión excepcional para que todos y todas, individualmente y como sociedad, seamos conscientes de lo que estamos perdiendo y, a la vez, nos está impidiendo trabajar juntos por recuperarlo.

 

Como Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor de la Infancia y Adolescencia en Andalucía quiero alertar sobre algunos derechos que se están debilitando claramente y que constituyen, en mi opinión, el paquete básico para garantizar la Andalucía que hemos ido construyendo para las generaciones futuras. Un paquete conformado por el ejercicio efectivo de una cultura de paz que nos permita dialogar, basada en la escucha y la participación activas; el derecho a un techo digno para las personas más vulnerables; la protección efectiva de la salud, sin tantos retrasos y, la protección de la dependencia y la discapacidad.

 

Estas son las reivindicaciones esenciales y urgentes que hago hoy, 28 de febrero, como altavoz de los testimonios y quejas de muchos andaluces y andaluzas que no tienen otra forma de hacerse oír para reclamar su derecho a participar y ser parte activa y visible del Estado de Bienestar que nos compromete.

 

Hago mías también las palabras de Saramago en su Carta de Deberes y Derechos de la ciudadanía recordando el primer deber de toda persona que es exigir y respetar los derechos de las personas y preservar su dignidad, sin dejar a nadie atrás.

 

Estoy convencido de que es un primer paso fundamental para acortar la brecha entre las necesidades de las personas y la capacidad de las políticas públicas para dar la respuesta más justa.

 

Celebrar este Día de Andalucía, significa hoy para nosotros y nosotras respetar estos derechos y garantizar su dignidad e igualdad.

El Defensor del Pueblo Andaluz en funciones, Jesús Maeztu, se ha dirigido al Ayuntamiento de Níjar ante el anuncio del próximo desalojo del asentamiento del Cortijo del Uno, recomendándole que "con carácter urgente y preferente valore las situaciones de vulnerabilidad de quienes van a ser desalojados, con prioridad por las familias con menores a sus cargos, y que también se coordine con otros servicios públicos competentes y con las asociaciones y entidades que trabajan con estas personas en los asentamientos para canalizar las medidas y recursos que se puedan adoptar".

El Defensor tuvo conocimiento de este desalojo en la reunión que mantuvo con las entidades del tercer sector de la mesa de vivienda de Níjar, el pasado día 20 en Almería, para analizar con quienes trabajan en el territorio los principales problemas que están dificultando el abordaje de la eliminación de los asentamientos chabolistas en el municipio de Níjar, a través de actuaciones que permitan la inclusión de estas personas en el municipio en el que se han asentado y donde están trabajando la mayoría de ellos.

Ante la situación de extrema vulnerabilidad que afecta a las personas que van a ser desalojadas y en especial a las familias con menores, y estudiada la información facilitada por las entidades, el Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor de la Infancia y Adolescencia ha intervenido dirigiéndose al Ayuntamiento de Níjar para que implemente cuántas medidas sean necesarias para atender a las familias con menores.  

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 23/6302 dirigida a Consejería de Hacienda y Administración Pública, Secretaría General para la Administración Pública

En esta Institución se tramita expediente de queja a instancia de parte, en la que la parte afectada exponía una serie de hechos que podrían tener la consideración de lesivos para determinados Derechos y Libertades reconocidos en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

En este sentido, habiendo realizado un exhaustivo análisis de la documentación e información obrante en el expediente, consideramos preciso formularle Resolución concretada en los siguientes

ANTECEDENTES

I. Con fecha 7 de agosto de 2023 fue registrada de entrada en este Comisionado del Parlamento de Andalucía comunicación remitida por la persona interesada, a través de la cual nos exponía lo siguiente:

"(…) Mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración febrero de 2023 (BOJA núm. 25, de 7 de febrero), se estableció el plazo de presentación de solicitudes y se dictaron instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal empleado público correspondiente al ejercicio 2023.

(…) La persona interesada aparece en el listado de personas excluidas por el motivo 40 “el plazo de amortización solicitado supera la edad legal de jubilación”. (…)

(…) Con fecha 30 de marzo de 2023, (…) presenta escrito de alegaciones mostrando su disconformidad con la exclusión de su solicitud por dicho motivo. Manifiesta que tiene “nombramiento en puesto de servicio desde el 22/03/2021 hasta el 21/03/2026” por lo que el plazo de amortización solicitado no excede de su edad de jubilación.

(…) Por Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, se hacen públicos los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio de 2023. (...) resulta excluida por la misma causa mencionada.(…)

(…) Con fecha 21 de junio de 2023, (…) interpone recurso de reposición contra la anterior resolución solicitando la concesión del anticipo y manifestando que al tener autorizada la prolongación de la permanencia en el servicio activo cumple el requisito establecido en el artículo 6.1 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, de encontrarse en situación administrativa de servicio activo, así como el fijado en el artículo 14, ya que su jubilación no será efectiva hasta el mes de marzo del año 2026.

(…) en su Artículo 14, habla del plazo de amortización y que el mismo no podrá exceder del tiempo que reste para la jubilación.

(…) Queda demostrado, que el/a funcionario/a tiene concedida la prolongación en el servicio hasta marzo de 2026, (…)"

II. Reunidos cuantos requisitos formales resultan exigidos por el apartado primero del artículo 16 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, esta Institución acordó admitir a trámite la queja y, consiguientemente, solicitar a esa Administración su informe al respecto.

III. Reiterada la petición de informe el 11 de octubre y de nuevo el 4 de diciembre de 2023, se recibe el informe solicitado de ese organismo el 19 de diciembre siguiente, que damos aquí por reproducido.

 

En base a los referidos antecedentes, conviene realizar a la Administración actuante las siguientes

CONSIDERACIONES

Única.- Sobre los requisitos para la concesión de anticipos reintegrables de nómina en relación a la situación de prolongación de servicio activo

El artículo 67,3 del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo texto refundido vigente se encuentra aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone lo siguiente:

“1. La jubilación de los funcionarios podrá ser:

a) Voluntaria, a solicitud del funcionario.

b) Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.

(...)

3.La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad.

No obstante, en los términos de las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto, se podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo como máximo hasta que se cumpla setenta años de edad. La Administración Pública competente deberá de resolver de forma motivada la aceptación o denegación de la prolongación”.

La Orden de 14 de diciembre de 1992, por la que se regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, modificada por la Orden de 20 de enero de 2005, regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

Su artículo 2, referido a las personas que pueden optar a estas ayudas, indica lo siguiente:

1. Podrá solicitar la concesión de anticipos:

a) El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral fijo al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

b) El personal interino a que se refiere el apartado 5.1.2 del Acuerdo de 24 de octubre de 2003, entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales, sobre mejoras en las condiciones de trabajo y en la prestación de los servicios públicos en la Administración General de la Junta de Andalucía.

c) El personal interino docente, incluido en el Acuerdo de 25 de marzo de 2003, celebrado entre la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial, firmantes del Acuerdo sobre determinadas medidas en relación con el profesorado interino.

2. En consecuencia, queda excluido del ámbito de aplicación de la presente Orden, el personal interino no incluido en los apartados b) y c) de este artículo, el personal eventual, así como el estatutario y el laboral, ambos temporales, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía”.

Por otra parte, el artículo 14.1 del citado texto normativo establece que:

1. El plazo de amortización de los anticipos será el fijado por el propio solicitante, no pudiendo exceder del siguiente número de meses:

Anticipos de una mensualidad líquida: 12 meses.

Anticipos de dos mensualidades líquidas: 24 meses.

El plazo de amortización no podrá exceder del tiempo que reste para la jubilación”.

El 15 de junio de 2023, esa Secretaría General resuelve publicar las listas definitivas de concesión de anticipos reintegrables de nómina que dejaron excluido a la persona promotora de la presente queja.

La solicitud de (...) resulta excluida en dicho listado por el motivo 40, “el plazo de amortización solicitado supera la edad legal de jubilación”, motivo por el que interpone recurso de reposición el día 21 siguiente, que se resuelve desfavorablemente el 25 de julio de 2023.

Al respecto, en el informe emitido por esa administración, de fecha 19 de diciembre de 2023, se manifiesta lo siguiente:

SÉPTIMO.- Se reproducen en este informe los argumentos que fundamentan la denegación del anticipo solicitado y que constan en la resolución del recurso:

Los anticipos reintegrables de nómina son préstamos con un largo plazo de amortización. Esto obliga a que su concesión esté vinculada necesariamente a la estabilidad y permanencia en el servicio porque es lo que garantiza su devolución.

La situación de prolongación de la permanencia en el servicio activo rompe esa garantía porque, aunque se autorice por un periodo determinado, se puede poner fin a la prolongación concedida, voluntariamente y en cualquier momento, sin necesidad de agotar el plazo máximo autorizado.

Esta ausencia de vinculación “obligatoria” con la Administración justifica la diferenciación de trato respecto al resto de personal que, como el recurrente, se encuentra en situación administrativa de servicio activo pero aún no ha alcanzado la edad legal de jubilación. Al faltar la nota de permanencia resulta lógico que la Orden de 14 de diciembre de 1992 excluya esta situación de la posibilidad de obtener un anticipo cuya garantía de devolución reside precisamente en la estabilidad y en el mantenimiento de la vinculación con la Administración que lo concede durante, al menos, el período de amortización.

La exclusión de la solicitud de la persona interesada, por tanto, se ajusta a lo establecido en la Orden de 14 de diciembre de 1992, al no darse en la situación que se encuentra esa garantía de estabilidad y permanencia que exige la concesión de un anticipo o préstamo reintegrable”.

Pues bien, de lo expuesto hasta aquí podemos extraer las siguientes conclusiones:

Primera- El personal funcionario puede solicitar la prolongación del servicio activo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67,3 del Estatuto Básico del Empleado Público, pudiendo permanecer en esta situación como máximo hasta que cumpla setenta años de edad.

El servicio activo es la situación administrativa normal de los funcionarios. En esta situación gozan de todos los derechos inherentes a su condición y quedan sujetos a los deberes y responsabilidades derivados de la misma (art. 86.2 TREBEP).

Por tanto, el régimen jurídico del servicio activo se corresponde con el conjunto derechos y deberes propios de la relación funcionarial. En rigor, el servicio activo es la única situación administrativa que permite a los funcionarios el pleno disfrute de los derechos, permisos y licencias que contempla su régimen jurídico

Por lo que, desde el punto de vista administrativo, la persona interesada se encuentra totalmente capacitada para ejercer todos sus derechos y, en concreto, el que nos ocupa en este caso de participar en la convocatoria de anticipos reintegrables.

Segunda- La Orden de 14 de diciembre de 1992, por la que se regula la concesión de anticipos reintegrables establece en el punto 1, de su artículo 2, las personas que pueden optar a estas ayudas y, en concreto, en la letra a) indica “El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral fijo al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía”.

Por lo que, no hay lugar a dudas sobre que la persona interesada se encuentra dentro de ese grupo de personas al ser personal funcionario de carrera y, por ello, puede optar a estas ayudas.

Tercera- La referida Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con los plazos posibles para amortizar el anticipo solicitado, establece en su artículo 14.1 una limitación que trae su causa en el pase a la situación de jubilación de las personas funcionarias, pues indica que “el plazo de amortización no podrá exceder del tiempo que reste para la jubilación”.

La literalidad de este artículo no acoge limitación alguna en función de la edad, sino exclusivamente en función de encontrarse en activo o en situación de jubilación la persona interesada. Sin embargo, esa administración ha incorporado en su decisión de exclusión un dato limitante no establecido en la Orden, como lo es la edad legal de jubilación, para atraer el límite de los 65 años, que excede de la previsión legal e introduce un criterio restrictivo para los derechos de las personas funcionarias y, en concreto, para (...) que cumple con las exigencias legales al encontrarse en prolongación del servicio activo hasta marzo de 2026 y, por lo tanto, ha de entenderse que su plazo de amortización puede extenderse hasta esa fecha.

Por ello, consideramos que la denegación del anticipo no se ajusta a la literalidad de la normativa aplicable.

Cuarta- Argumenta esa administración que los anticipos reintegrables de nómina son préstamos con un largo plazo de amortización y que esto obliga a que su concesión esté vinculada necesariamente a la estabilidad y permanencia en el servicio porque es lo que garantiza su devolución. Y añade que la situación de prolongación de la permanencia en el servicio activo rompe esa garantía porque, aunque se autorice por un periodo determinado, se puede poner fin a la prolongación concedida, voluntariamente y en cualquier momento, sin necesidad de agotar el plazo máximo autorizado.

Al respecto, conviene subrayar que la mentada Orden en su artículo 2, punto 1, letras b) y c), dispone que puede optar a este tipo de ayudas el personal interino incluido en determinados Acuerdos; y ello está establecido así, a pesar de que estos colectivos carecen de la garantía de estabilidad y permanencia en el servicio. Pues, observemos que la estabilidad y la permanencia en el servicio no son requisitos que se encuentren recogidos en la norma aplicable y, por lo tanto, no pueden ser exigibles ni fundamentar la denegación de los préstamos, ni con respecto a los interinos citados en la Orden ni con respecto a los funcionarios en prolongación del servicio activo.

Aún comprendiendo y compartiendo este Comisionado la preocupación y responsabilidad que subyace en la argumentación realizada por esa administración de garantizar la devolución del anticipo concedido, es necesario admitir que dicha exposición -que traspasa lo dispuesto en la norma- queda debilitada, en cuanto a la necesidad de la estabilidad y permanencia, si consideramos que con respecto al personal interino referido en la Orden sí se asume el riesgo de que finalice la relación laboral antes de concluir la devolución total del anticipo. Así, el artículo 14 del referido texto normativo, en sus apartados 2 y 3, aborda dicha eventualidad del modo siguiente:

2. El plazo de amortización del préstamo para el personal interino a que se refiere el punto c) del artículo 2 de esta Orden, no podrá exceder del período de vigencia del Acuerdo que le sea de aplicación, sin perjuicio de su reintegro en caso de cese, antes de finalizar la referida vigencia.

3. Si en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, el plazo de amortización fuera inferior al previsto en el apartado 1 de este artículo y, con posterioridad, el Acuerdo de aplicación fuera prorrogado, el plazo de devolución del importe que reste por reintegrar, podrá ampliarse a petición del interesado, hasta los límites previstos en el citado apartado siempre que no excedan de la vigencia de la prórroga, descontando de aquellos plazos, el número de meses en los que ya se hayan efectuado reintegros”.

Por todo ello, sería deseable que por esa administración se diera un tratamiento similar, para el reintegro en caso de cesar con anterioridad a la devolución total, a los funcionarios que encontrándose en la situación de la prolongación del servicio activo solicitaran y les fuera concedido un préstamo reintegrable, pues ello sería acorde con la normativa y el riesgo asumido por la administración, en cuanto a la devolución del préstamo, sería igual para ambos supuestos.

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, se le formula la siguiente

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES: De los preceptos contenidos en el cuerpo de la presente Resolución y a los que se debe dar debido cumplimiento.

RECOMENDACIÓN: Para que esa administración revise la decisión adoptada con respecto al personal en situación de prolongación del servicio activo en el marco de la literalidad de la Orden de 14 de diciembre de 1992, por la que se regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y, en concreto, del artículo 14,1; y, en su caso, proceda al reconocimiento del anticipo reintegrable solicitado por la persona interesada.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

La Oficina de Información y Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo andaluz se desplaza a la Comarca del Bajo Guadalquivir

La Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC) del Defensor del Pueblo andaluz se desplaza el miércoles 5 de marzo y jueves 6 de marzo a la comarca del Bajo Guadalquivir, donde atenderá presencialmente a la ciudadanía en las localidades de Lebrija y de Utrera.

El objetivo de esta visita presencial es acercar los servicios de la Institución con el fin de garantizar los derechos de la ciudadanía frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia o transporte público, así como en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, caso de reclamaciones de telefonía, entidades financieras y suministros de luz y agua.

En este desplazamiento la Oficina de Información del Defensor del Pueblo andaluz atenderá a los vecinos y vecinas de El Coronil, El Cuervo, El Palmar de Troya, Las Cabezas de San Juan, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y Utrera.

Lo hará en:

Lebrija: miércoles 5 de Marzo. Casa de la Cultura. Cl Tetúan 15

Utrera: jueves 6 de marzo. Biblioteca Municipal. Cl Álvarez Quintero. 39

Horario de 09:30 a 14:00 y de 16.30 a 18:30 horas.

Con el fin de prestar el mejor servicio a las personas o colectivos que se dirigen personalmente a la Oficina, se recomienda cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También se puede concertar la cita a través de nuestras principales redes sociales: facebook o X. Además de la atención a la ciudadanía, la Oficina de Información mantendrá reuniones con las asociaciones más representativas de carácter social y con los Servicios Sociales Comunitarios de la comarca.

VIII Informe huérfanos de la violencia de género

 

Fecha: 
Jue, 20/02/2025
Provincia: 
ANDALUCÍA
El Defensor de la Infancia entrega el XVII Premio "Así veo mis derechos"  modalidad video
  • - El jurado ha galardonado en la modalidad de vídeo a alumnado del IES Retamar de Almería y en la modalidad de dibujo a una alumna del CEIP Maestro Juan Díaz Hachero de Cartaya (Huelva).
  • - Debido a la alta participación y con motivo del 40 aniversario de la Institución, la Defensoría concede dos accésit en cada modalidad.

 

El Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía en funciones, Jesús Maeztu, ha entregado hoy el XVII Premio Así veo mis derechos en la modalidad de video a 5 alumnos y alumnas de 4º de la ESO del IES Retamar, Almería, por su video sobre el derecho a la educación y al juego.

En el acto de hoy, celebrado en el propio instituto almeriense, han intervenido, además del Defensor, Francisco Alonso, delegado de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería; Lorena Nieto, concejal delegada de Empleo, Comercio, Juventud y Emprendimiento del Ayuntamiento de Almería, y Cesáreo Martínez, director del IES Retamar, Almería.

En su intervención el Defensor de la Infancia se ha hecho eco del mensaje que han querido transmitir estos alumnos en su vídeo sobre el derecho a la educación y al juego: "La educación nos ayuda a pensar por nosotros mismos, a ser responsables y a entender al otro y saber vivir en sociedad".

Un mensaje que también ha resaltado en su intervención Francisco Alonso que ha destacado el papel de esta 17ª edición del concurso "Así veo mis deseos" como "un espacio idóneo para que los estudiantes andaluces reflexionen sobre la importancia de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades individuales con especial atención a la infancia y a la adolescencia". 

Por su parte, la concejal delegada del Ayuntamiento Lorena Nieto ha agradecido esta iniciativa que permite a los jóvenes conocer y defender sus derechos.

Al cierre del acto, Jesús Maeztu ha agradecido a estos alumnos su trabajo "Como Defensor de la infancia y adolescencia aprendemos todos los días de estos niños y niñas. Nos ayudan a visibilizar sus problemas y cómo lo ven", ha dicho, recordando el derecho que tienen a opinar y a participar en las decisiones que le afectan.  

Estos premios se convocan anualmente en los centros escolares de Andalucía dentro de los actos conmemorativos con motivo del Día Universal del Niño, para promover el conocimiento sobre los derechos entre el público infantil y adolescente y hacer valer sus derechos, escuchando sus relatos y experiencias. La convocatoria de este año 2024 ha tenido una alta participación, con 190 obras en total; 149 dibujos y 41 videos.

El Premio de la Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía supone una invitación directa a los centros educativos andaluces para que los niños y niñas reflexionen sobre los derechos que les afectan y preocupan en estos momentos, así como fomentar la participación y la colaboración entre iguales para su defensa y protección. Entre ellos, se encuentran el derecho a que no se les discrimine por razón de sexo, religión o cultura; derecho a la alimentación, la educación, la vivienda y la atención médica; derecho a poder participar y tomar decisiones en sus asuntos; derecho a ser solidarios entre sí, con sus iguales, etc.

La cita cuenta con la colaboración del profesorado y la dirección de los centros y consta de dos modalidades: dibujo, para Primaria y Educación Especial; y un vídeo, para Secundaria y Educación Especial. Cuenta también con la colaboración de organizaciones como Save the Children y Unicef y el apoyo del Consejo de Menores del propio Defensor de la Infancia en Andalucía denominado e-foro.

 

 

 

 

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