La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 18/2769

La interesada denunciaba la demora en la resolución de la solicitud de Beca de Transporte por su participación en un Curso de Formación Profesional para el Empleo en 2011.

En el informe recibido de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, ésta nos comunicaba que se procedería al pago de la solicitud citada en breve plazo.

Queja número 18/6242

La parte interesada, manifiesta que habiéndole sido denegado el reconocimiento de movilidad reducida, impugnó la resolución correspondiente, mediante recurso de alzada presentado el 25 de mayo de 2018, del que no había recibido una respuesta.

Interesados ante la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Cádiz, se nos informa que la Resolución del recurso de alzada se encontraba pendiente de resolver por una Revisión por agravamiento presentada por la afectada. Una vez resuelta dicha revisión, se comprueba que le corresponden 7 puntos en el baremo de movilidad reducida.

Esta nueva situación desembocó en la obtención de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

Considerando que el asunto planteado ha quedado solventado, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Queja número 18/4257

La reclamante manifiesta que ha sido diagnosticada de síndrome del túnel carpiano y que desde julio de 2017 está pendiente de valoración por parte de traumatología, pero que ante su reclamación por este motivo solo le han indicado que se programará dicha cita y se le informará por correo postal.

Interesados ante el Hospital San Juan de Dios, se recibe informe en el que indican que han procedido a atender a la paciente y solucionar el asunto, habiendo sido citada el 2 de febrero de 2019.

Concluyendo, por tanto, que el asunto objeto de la queja ha quedado solucionado, procedemos al cierre del expediente de queja.

Queja número 18/5617

La compareciente, con una discapacidad del 81 %, nos trasladó que tenía reconocida una situación de dependencia moderada desde hacía 8 años, y que las sucesivas reformas legislativas operadas en relación con la efectividad del derecho de las personas valoradas en Grado I, habían hecho que hasta a partir de julio de 2015 no fuera posible acceder a recurso alguno, de conformidad con el calendario de aplicación progresiva de la Ley 39/2006.

En su caso, hacía más de tres años que debería de haber accedido al Sistema y tener aprobado un recurso adecuado a sus circunstancias y grado de dependencia.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Cádiz, reconoció la demora y determinó ponerse en contacto con el Ayuntamiento del domicilio de la afectada (Sanlúcar de Barrameda), para que elaboraran la propuesta de PIA.

Por su parte, el referido Ayuntamiento, al que nos dirigimos en consecuencia, nos trasladó haberse realizado dicha propuesta y su aprobación por Resolución de la Delegación Territorial de 13 de marzo de 2019, con el servicio de ayuda a domicilio y el de teleasistencia, que ya se estaban prestando.

Extremos que ratificó la dependiente, con su agradecimiento a esta Institución.

Queja número 19/0023

El promotor de la queja manifiesta que su padre lleva esperando más de dos años para que le den una cita medica de oftalmología en el Hospital Universitario Virgen de la Victoria de Málaga.

El paciente tenía indicada una revisión cada seis meses con el objeto de que la poca visión que le queda en un ojo la pueda tener controlada el especialista en cuestión.

Según expone desde el pasado año 2016 no ha sido visto por ningún especialista (oculista) de dicho hospital ni de ningún otro, así como que cada vez que van a reclamar “solo hacen anotar la incidencia y ponernos un sello”.

Han reclamado al Servicio de Atención Ciudadana de dicho hospital cada año desde el año 2017 en fecha 26-06-17, y en el año 2018 en la fecha 16-03-18.

Admitida a trámite la queja y solicitado informe al Hospital Virgen de la Victoria, se indica que el paciente había sido incluido en la Unidad de Glaucoma, que se le realizarían las correspondientes revisiones semestrales y que el 4 de junio había sido citado a consulta en el servicio de oftalmología.

Puesta dicha información en conocimiento del interesado, refiere el mismo que aunque en el mes de abril le fue practicada una campimetría visual, nada sabe de la cita del pasado 4 de junio y, en este sentido, nos pide nueva intervención al cuestionarse que las revisiones semestrales aludidas vayan a tener efectivamente lugar.

Interesados nuevamente ante el hospital se recibe nuevo informe indicando que el paciente fue citado para el día 4 de junio de 2019; y comprobando que no acudió a dicha cita, en fecha 18 de junio se ha procedido a dar nuevas citas para el 26 de junio. Esta cita, para mayor garantía de conocimiento del paciente, le fue comunicada telefónicamente el mismo día 18 de junio, realizando un recordatorio el día 20.

Tras acudir el paciente a su cita, se ha procedido a citar de nuevo para el 9 de octubre.

Concluyendo que el asunto objeto de la queja ha quedado solucionado, procedemos al cierre del expediente de queja.

Queja número 19/1205

La interesada denunciaba la demora en la resolución de la solicitud de Beca de Transporte por su participación en un Curso de Formación Profesional para el Empleo en 2011.

En el informe recibido de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, ésta nos comunicaba que se procedería al pago de la solicitud citada en breve plazo.

Queja número 18/6531

El promotor de la queja expone que en abril de 2018 solicitó el reconocimiento de su discapacidad siéndole denegada la valoración de grado alguno, debido a que en dicho momento su proceso aún no era valorable, estando en evolución.

En septiembre de 2018 el interesado ha presentado una nueva solicitud, acudiendo ante esta Institución porque aún no ha sido tramitada.

Tras diversas gestiones ante la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Huelva, se nos responde finalmente que que el expediente se ha resuelto en el mes de abril.

En consecuencia, dado que el asunto ha quedado solucionado, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

Queja número 19/2879

La interesada denunciaba la demora en resolver la Pensión No Contributiva de Jubilación que había solicitado en julio de 2018.

Recibido el informe solicitado de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Málaga, ésta nos comunica que le ha sido concedida la pensión solicitada a la interesada.

Queja número 19/3169

El interesado denunciaba la demora en la resolución y abono de una Beca de Transporte solicitada por su participación en un Curso de Formación para el Empleo en el año 2011.

Recibido el informe requerido de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, ésta nos comunicaba que se le había concedido la beca al interesado y que se procedería a su abono en breve plazo.

Queja número 19/1950

El promotor de la queja expone su disconformidad con la resolución que denegó su solicitud de Renta Mínima de Inserción Social, así como con la falta de resolución del recurso de alzada que interpuso frente a la anterior.

En cuanto a la denegación, explica que solicitó la Renta Mínima en febrero de 2018 y que reunía todos los requisitos para su estimación.

La petición tuvo entrada en la Delegación Territorial el 1/3/2018, a pesar de lo cual no fue resuelta hasta cinco meses después, incumpliendo el plazo de dos meses que establece la normativa.

Entretanto, en el mes de septiembre de 2018 al interesado le fue ofrecido un contrato de trabajo de duración de un mes por el Ayuntamiento de su municipio, debido a su situación de carencia de ingresos.

A causa de haber trabajado un mes, le fue denegada la Renta Mínima, ante cuya injusticia ha presentado recurso de alzada el 28/11/2018, ya que, como dice el afectado “las personas tenemos necesidades básicas y no podemos esperar eternamente ni dejar de comer”.

Interesados ante la Secretaría General de Políticas Sociales y Conciliación, se nos indica mediante informe que el citado recurso tuvo entrada en el órgano competente para resolver el 24/05/2019, por lo que el plazo para dictar la resolución del recurso es de tres meses, expirando por tanto el 24/08/2019.

A la fecha de emisión del informe el recurso no había sido resuelto, por lo que se va a proceder a estimar parcialmente el recurso de alzada, dado que los ingresos percibidos por el interesado como consecuencia del contrato de trabajo se produjeron pasado el plazo que tenía el órgano gestor para resolver.

Dado que el asunto que planteaba el reclamante ha quedado resuelto, procedemos al cierre del expediente.

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