El Defensor del Pueblo Andaluz ha recibido queja en la que se relatan determinadas demandas relativas a la adecuada limpieza y mantenimiento un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en una localidad de la provincia de Huelva
Solicitamos informe ante el ayuntamiento y la propia Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para conocer detalles de la situación abordada.
Por su parte, la información recibida a través de la Alcaldía con fecha 2 de junio de 2024 explica la situación de estos servicios:
“El CEIP cuenta con un equipo de limpieza de 4 trabajadores con jornada de 7 horas de trabajo diaria cada uno en los siguientes horarios:
-1 trabajador con horario de mañana (08:00-15:00 h) que cubre todo el horario lectivo escolar.
- 3 trabajadores de horario de tarde (14:00-21:00 h).
En total, 28 horas diarias de limpieza y desinfección establecidas según las características, instalaciones, número de alumnos y usos de las dependencias del centro.
El protocolo de trabajo de la empresa se basa en la higienización diaria (L+D) de todo el centro, es decir, se limpia y desinfecta cada dependencia del centro diariamente.
Además de L+D diaria, se realiza una higienización de los aseos del centro a media mañana, volviéndose a limpiar y desinfectar al final de cada jornada. Así a la mitad del horario lectivo se repasan los servicios para volver a dejarlos en perfecto estado de limpieza y desinfección para el resto de la jornada lectiva.
La limpieza se lleva a cabo siguiendo un protocolo específico de actuación en la que todos los trabajadores de la empresa son formados.
Actualmente los productos que se utilizan son los siguientes:
- Desinfectante de superficies G3.- Desinfectante detergente desodorizante perfumado líquido. Cumple con Norma UNE-EN 13697 en condiciones sucias (bactericida y fungicida), nº registro de biocida 12-20/40-06534, producto biodegradable, uso ambiental y desinfección mediante amonios cuaternarios por contacto, válido para cualquier superficie.
- Desengrasante G3.- Elimina todo tipo de grasas, incluyendo restos de plastilina y tintas.
- Gel wc antical Sanicentro Desinfectante.- Bactericida y fungicida sin lejía. Nº de inscripción en el registro de Plaguicidas 21-20/40-10698. Desinfecta por contacto, elimina los restos de cal y tiene uso ambiental. Cumple la norma UNE-EN13697 en condiciones sucias. Se adjunta ficha técnica del producto.
Se utiliza un código cromático para los utensilios de trabajo, de forma que cada color se utilizará para una zona o elemento determinado, evitándose las contaminaciones cruzadas entre distintos ámbitos. Asimismo, se utiliza un doble cubo para el fregado de los suelos, lo que posibilita que se utilice siempre agua limpia para la higienización de los suelos y hace más efectiva la limpieza.
Además del trabajo diario realizado por los limpiadores/as, hay que añadirle las tareas de especialización que se realizan en el centro según las necesidades que vayan surgiendo en el día a día, al igual que su frecuencia, como, por ejemplo:
- Limpieza de cristales.
- Limpieza extra de patios: tareas de desbroce y recogida de hojas.
- Fregado de porches con máquina de presión.
- Fregado de persianas con máquina de presión.
- Fregado de suelos rugosos de los cuartos de baños con máquinas rotativas.
- Tratamientos de suelos (abrillantado) de los pasillos.
Estas tareas se realizan periódicamente y se repiten en función de las necesidades de cada centro. Respecto de las concretas referencias en relación con el papel higiénico, las papeleras y el jabón en los aseos, aclaramos que el suministro de tales productos y su distribución en cada centro corresponde a la dirección de los mismos, y no es competencia del Ayuntamiento ni de sus servicios de limpieza”.
Por su parte, la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Huelva señalaba con fecha 10 de noviembre:
I. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS:
1. El día 15 de octubre de 2025, se recibe mediante cita a la promotora en compañía del padre de la alumna, en dependencias del servicio de inspección educativa. La madre abordó los siguientes asuntos: ausencia de papeleras en los aseos del centro, el centro no dispone de material higiénico en caso de menstruación de las alumnas, mala salubridad e higiene del centro en general, que el centro solo dispone de una limpiadora por no cubrirse la baja de otro personal de estas características, que era miembro del consejo escolar del centro, que no podía recoger a su hija en el interior del centro a la salida de la jornada lectiva, que los aseos no disponen de papel higiénico ya que éstos se encuentran en las aulas, tampoco de jabón por encontrase igualmente en las aulas, que las puertas de los aseos no disponen de cerrojo para mayor intimidad del alumnado, que este asunto lo lleva tratando en sesiones de consejo escolar no encontrando respuesta alguna en este órgano.
2. Esta inspectora solicita informe sobre estos hechos a la Dirección del centro.
3. Se recibe en esta Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y F.P. denuncia presentada por la madre ante el Servicio de Inspección Educativa con fecha 6 de octubre de 2025.
4. Se remite a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y F.P de Huelva, escrito presentado por la madre en la Delegación Territorial de Sanidad y Consumo con fecha 26 de septiembre de 2025 .
5. La secretaria del centro con el VºBº de la Dirección convoca un consejo escolar extraordinario con fecha 21 de octubre de 2025 con la finalidad de poder informar a dicho órgano acerca de las reclamaciones y/o denuncias formuladas por un miembro del consejo escolar a diferentes organismos.
6. Esta inspectora de educación realiza visita al centro escolar el 23 de octubre de 2025: se supervisan las actas de las diferentes sesiones del órgano de consejo escolar, se visitan todos los aseos del centro, al igual que las aulas tanto de la planta baja como de la planta superior. Se constata en la visita que:
- Los aseos disponen de papeleras pequeñas, situadas éstas junto al lavabo y no dentro del espacio del inodoro, ya que el habitáculo del inodoro es muy pequeño para ello. Señalamos que estamos en un centro de características arquitectónicas muy antiguas.
- Que el aseo utilizado por las alumnas de 5º y 6º ubicado en planta superior dispone de un rollo de papel higiénico.
- Que todas y cada una de las aulas, disponen de toallitas, papel higiénico y dispensador de jabón, que el alumnado coge para cuando tiene que acudir al baño.
- Que existe material higiénico para los casos de menstruación situado en Conserjería y en la Administración del centro, para aquellas alumnas que así lo precisen.
- Que se han desarrollado charlas con la enfermera de referencia del centro para las alumnas de 6º curso y se les dispensa muestras de diferentes tipos de material higiénico para la menstruación en colaboración con un empresa determinada de uso de dichos productos, que es la que dispensa los mismos de manera gratuita.
7. Se aporta por la Dirección del centro los siguientes Informe externos:
- Informe de limpieza de la Empresa Municipal de limpieza de colegios y dependencias municipales S.A.
- Protocolo de limpieza de mantenimiento.
- Distribución de los puestos de trabajo en el CEIP para la limpieza del centro
- Ficha Técnica sobre los productos de limpieza e higiene utilizados en el centro
8. La Dirección aporta copia de acta de sesiones de consejos escolares del curso escolar actual y pasado
II. VALORACIÓN DE LOS HECHOS.
Primero. Realizada supervisión al centro y a todos sus aseos, se constata que éstos son higiénicos, de tamaño muy reducido por las características arquitectónicas del centro educativo, y que poseen dentro del espacio del aseo (no del habitáculo del water, ya que éste es muy pequeño) papelera para depositar lo que el alumnado considere. Igualmente, se observa que en el baño planta superior utilizado por las alumnas de 5º y 6º de Primaria, existe un rollo de papel de cocina.
Segundo. Todas las clases de Infantil y Primaria, disponen de papel higiénico, toallitas húmedas, dispensador de jabón, e incluso algunas rollos de papel de cocina. El centro organizativamente y por cuestiones de logística de atascos de water en numerosas ocasiones, dispensa dichos materiales al alumno que desee acudir al baño en horario lectivo, y éste lo porta consigo hasta los aseos; práctica habitual en la mayoría de este tipo de centros.
Tercero. La solución planteada de dispensadores, ya ha sido tratada y desestimada en numerosas ocasiones en el seno del consejo escolar del centro al considerar que se trata de un colegio, con alumnos de entre 3 y 12 años de edad, algunos de los cuales, como juego o diversión, tira el rollo de papel al inodoro, atascándolo, con las graves consecuencias que supone para su funcionamiento, y que el hecho de poseer dispensadores de papel en la pared, no impediría que el alumnado atasque los inodoros con ese papel, como así se ha venido produciendo cuando el papel higiénico se encontraba situado en todos los aseos del centro.
Cuarto. No consta en ningún acta de ninguna sesión del Consejo Escolar del centro, que la interesada invitara a la directora y presidenta del órgano a abandonar dicha sesión para la comprobación del estado de las papeleras en el centro educativo, tal y como refleja ésta en el escrito remitido a la Defensoría del menor.
Quinto. Es considerable destacar lo recogido en el acta de consejo escolar del 4 de septiembre de 2025, página 2, intervenciones de la presidenta del consejo escolar y la promotora, donde se aborda este asunto del papel higiénico y del jabón. Se desprende que anteriormente los dispensadores de jabón se encontraban en el aseo de los baños, pero se cambia dicha medida por otra aprobada en el seno del consejo escolar, y es la de tener esos dispensadores de jabón dentro de cada aula, debido a los juegos producidos en los baños con el jabón y que éste siempre queda derramado en el suelo.
III. CONCLUSIONES:
Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se realizan las siguientes conclusiones:
Primero. Los hechos planteados por la madre del alumno en el escrito presentado a la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz no se ajustan a la realidad de lo acontecido ni a la realidad de los diferentes informes emitidos.
Segundo. Todos los aseos del CEIP disponen de la correspondiente papelera en su interior.
Tercero. No se desprende, a tenor de los informes presentados de organismos municipales y de la propia visita de la inspección educativa, la insalubridad del centro indicada por la madre. Ni en el centro en general, ni en los baños en particular. Los servicios municipales realizan las tareas de limpieza y de mantenimiento de las instalaciones escolares con absoluta normalidad.
Cuarto. Como medida organizativa del propio centro y en el ejercicio de su autonomía de gestión, se acordó en el seno del consejo escolar, que el papel higiénico y los dispensadores de jabón estuvieran al servicio del alumnado dentro de cada una de las aulas”.
A la vista de las manifestaciones expresadas desde los servicios municipales y educativos, tomamos conocimiento de las medidas que se han implementado para garantizar esta limpieza y cuidados en el centro afectado, así como para favorecer el normal desarrollo de las actividades programadas de tipo complementario en estos espacios.
Atendiendo a los argumentos ofrecidos desde el Ayuntamiento, y conforme a los contenidos del informe, detallado y documentado, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Huelva, creemos entender que estas actividades de limpieza y mantenimiento disponen de marcos de regulación, pautas y protocolos sobradamente fijados y dispuestos para abordar cualquier incidencia que se produzca a la hora de prestar estos servicios para la comunidad educativa y, en particular, al alumnado de corta edad aludido.
También destacamos la realización de las comprobaciones y controles que estos servicios necesitan en el centro escolar. Igualmente, valoramos la actitud receptiva ante las peticiones dirigidas por la promotora a través de los contactos y comunicaciones que se han descrito.
Por ello, consideramos que las peticiones expresadas en la queja han sido atendidas, estudiadas y debidamente respondidas con los argumentos que se han recogido en sendos informes municipal y educativo. En una valoración ofrecida por ambas administraciones se viene a concluir que “No se desprende, a tenor de los informes presentados de organismos municipales y de la propia visita de la inspección educativa, la insalubridad del centro indicada por la madre. Ni en el centro en general, ni en los baños en particular. Los servicios municipales realizan las tareas de limpieza y de mantenimiento de las instalaciones escolares con absoluta normalidad”.
A la vista de dichos informes creemos entender una actitud colaboradora y comprometida con los objetivos de mantenimiento y limpieza para el CEIP.
No obstante, somos conscientes de la probabilidad de que se generen incidencias puntuales que despiertan la atención de algunos progenitores, por lo que reiteramos la importancia de disponer de la adecuada atención hacia este servicio de limpieza y mantenimiento del centro para garantizar sus actividades ordinarias del CEIP del municipio de Huelva
En todo caso, nos disponemos a realizar las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias.