La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 17/2821

Tras la tramitación de la queja de oficio incoada ante la situación que presenta al Torre de los Herberos, en Dos Hermanas (Sevilla), con fecha 31 de julio de 2017 recibimos informe de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Sevilla en el que se expresa lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de 26 de enero de 2005, y remitido por el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas como promotor de la obras, fue informado por la Comisión Provincial de Patrimonio de Sevilla, órgano consultivo de esta Delegación, un proyecto de rehabilitación de la citada Torre de los Herberos, cuyo acuerdo fue en el sentido de la necesidad de que presentara un proyecto modificado que corrigiera determinados aspectos del citado proyecto de rehabilitación. No consta ninguna entrada posterior sobre este asunto.

SEGUNDO.- Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la vigente Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, son los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quienes tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguardia de sus valores.

TERCERO.- Hemos tenido conocimiento de que el Ayuntamiento de Dos Hermanas “....acaba de aprobar el proyecto de actividad arqueológica y consolidaciones puntuales” en la citada Torre.

CUARTO.- En esta fecha, no consta en esta Delegación Territorial que el mencionado proyecto haya sido remitido por el Ayuntamiento de Dos Hermanas, par su autorización previa por esta Delegación Territorial conforme establece el artículo 33.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

QUINTO.- Una vez nos sea remitido el mencionado proyecto, por parte de esta Delegación se realizarán los trámites establecidos en la legislación de patrimonio histórico con la máxima celeridad con objeto de que por parte del Ayuntamiento de Dos Hermanas se adopten las medidas necesarias para la conservación de este bien de interés cultural con carácter urgente.”

Del mismo modo, el propio Ayuntamiento de la ciudad de Dos Hermanas nos informa con fecha 1 de agosto de 2017 que:

Finalmente, la Junta de Gobierno Local celebrada el 14 de julio de 2017 ha aprobado el “PROYECTO DE ACTIVIDAD ARQUEOLÓGICA Y CONSOLIDACIONES PUNTUALES EN TORRE DE LOS HERBEROS”. Dicho documento será sometido a la autorización previa de la Consejería de Cultura, conforme determina el art. 52 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, para su posterior tramitación del correspondiente expediente de licitación de las obras con sujeción a las normas de contratación pública”.

A la vista de sendas informaciones, hemos de entender que ambas administraciones, en el marco de sus respectivas iniciativas, vienen interviniendo sobre la denominada Torre de los Humeros en los términos que se recogen en dichos escritos.

Es intención de esta Institución proseguir impulsado las actuaciones necesarias de todas las instancias competentes para salvaguardar la integridad de dicho monumento declarado BIC y merecedor de la protección y tutela que la normativa establece para los inmuebles inscritos en el CGPHA.

Por ello, hemos de requerir de nuevo, tanto al Ayuntamiento como a la Delegación de Cultura, la continuidad de los trabajos emprendidos y el impulso de las medidas dirigidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas, en sus respectivos ámbitos competenciales, en la normativa patrimonial y artística.

Entendiendo que el asunto se encuentra en vías de solución, y sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias, procedemos a concluir nuestras actuaciones.

Queja número 17/3162

Una asociación de consumidores acudía a esta Institución exponiendo que, con fecha 21/06/2016, se presentó solicitud de arbitraje en relación con la facturación eléctrica de Endesa. Manifestaba que el expediente se encontraba a la espera de cita para audiencia, quedando posteriormente pendiente la emisión del laudo.

Interesados ante la Administración competente se recibe informe indicando que con fecha 13 de julio de 2017, la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía ha notificado a la parte reclamante la Resolución de Archivo dictada por el Colegio Arbitral, por exceder de su esfera competencial.

Dado que la presente queja se admitió únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente a la solicitud presentada por la parte promotora de la queja, se entiende que el asunto ha quedado solucionado.

Reforzamos la colaboración con CCOO en defensa de los derechos de la clase trabajadora

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, y la secretaria general de CCOO Andalucía, Nuria López, se han reunido esta mañana en la sede de la institución en una primera toma de contacto tras el nombramiento de López el pasado mes de junio. Esta reunión ha servido para retomar la comunicación y cooperación entre ambas instituciones en los asuntos comunes que nos transmite la ciudadanía. El Defensor del Pueblo andaluz ha transmitido a la responsable sindical su total disposición a trabajar en los temas que afectan a la defensa de los derechos de la clase trabajadora, por lo que en las próximas fechas se celebrarán más reuniones específicas de las áreas en las que trabajan ambas entidades.

Trasladamos al consejero de Cultura de la Junta de Andalucía nuestras actuaciones

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, y el consejero de Cultura de la Junta de Andalucía, Miguel Ángel Vázquez, se han reunido hoy en la sede de la institución en una primera toma de contacto tras la asunción de estas competencias por parte del consejero. El Defensor del Pueblo andaluz ha trasladado al consejero los asuntos sobre los que se está trabajando en la Oficina sobre protección de patrimonio histórico, museos, y otros recintos culturales, entre otras materias. El Defensor del Pueblo andaluz y el consejero de Cultura han compartido la necesidad de acelerar las gestiones entre ambas instituciones, así como la participación de la institución en los futuros proyectos normativos del área de Cultura. 

La Oficina de Atención Ciudadana estará en la Subbética cordobesa los días 28 y 29 de septiembre

La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la comarca de la subbética de Córdoba los próximos días 28 y 29 de septiembre para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, sunimistros de luz y agua, etc.

La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta en horario de mañana, de 9 a 14 horas ambos días, y también la tarde del jueves de 17 a 19 horas. La oficina atenderá las quejas y consultas ciudadanas en la Casa de los Moras, en Lucena, calle San Pedro, 50.

Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

 

    Queja número 16/2626

    El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución ante el Hospital Virgen de la Victoria, de Málaga, recomendando que para la superación de las situaciones de larga espera se adopten las medidas organizativas y asistenciales precisas, de manera que los ciudadanos disfruten del efectivo reconocimiento del derecho a la protección de la salud que establece el art. 43 de la Constitución.

    Asimismo, recomienda que se elabore un plan específico para la práctica de intervenciones de cirugía bariátrica en pacientes afectados de obesidad mórbida, que incluya modelos de gestión más eficientes de la lista de espera, a fin de reducir sustancialmente el tiempo para someterse a las mismas.

    Por último, recomienda que se acometa a la mayor brevedad la intervención que precisa el interesado.

    Recibido informe al efecto, se nos da cuenta del montante anual de pacientes que ingresan en lista de espera para ser intervenidos por causa de obesidad mórbida, y del número de los que son operados en el mismo plazo, resultando una diferencia entre ambos de unos cincuenta y cinco pacientes, que incrementan la lista referida cada año.

    Por otro lado alude a la necesidad de contar con un equipo de profesionales muy especializado, y la atención casi exclusiva del orden de inscripción en el registro de demanda quirúrgica, para ordenar las intervenciones, salvo los supuestos de indicación urgente, dado que la mayoría de los pacientes están afectados por las mismas patologías.

    En resumidas cuentas, atendiendo a la información del documento administrativo, y teniendo en cuenta la reevaluación de pacientes a la que se alude, solo parcialmente podríamos considerar aceptados los términos de nuestro resolución, en la medida en que por otro lado la intervención del interesado que se anunciaba próxima, ha tardado varios meses en concretarse (ha sido citado para el 3 de julio).

    En todo caso el hecho de que por fin sea intervenido nos lleva a valorar positivamente la respuesta y a concluir nuestras actuaciones en este expediente.

    Queja número 15/3670

    El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución al Hospital Puerta del Mar, de Cádiz, por el que recomienda que se adopten las medidas organizativas oportunas para que se respete el plazo máximo previsto normativamente para la práctica de las colonoscopia.

    Asimismo, recomienda que en los casos en los que se supere el plazo máximo establecido sin que la prueba diagnóstica se haya realizado, y siempre que no hayan concurrido circunstancias que determinen la suspensión del mismo o la pérdida de la garantía, se comunique a los ciudadanos la posibilidad de acudir a un centro privado para su realización.

    También formula un Recordatorio de Deberes Legales, por entender vulnerado el precepto del Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta en procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía: art. 4.

    De la respuesta recibida al efecto, se concluye que el Hospital Puerta del Mar acepta la Resolución formulada por esta Institución en el presente expediente de queja, por lo que se procede al cierre del expediente.

    Queja número 16/6786

    El interesado manifiesta que lleva esperando desde el 7.4.2016, fecha en la que fue incluido en el registro de demanda quirúrgica, para ser intervenido de recambio del generador del electroestimulador que lleva implantado.

    Afirma que dicho instrumento no le cura, pero al menos le alivia el dolor, teniendo que someterse a reposiciones periódicas de la batería, figurando la que ahora necesita como la número seis de las que se le han tenido que practicar.

    Ha reclamado en varias ocasiones ante el hospital por este motivo, consistiendo únicamente la actuación de la responsable de atención al ciudadano, en la remisión de sus reclamaciones al responsable de la unidad del dolor.

    Sostiene que en la actualidad no puede ni dormir, y explica que ya en 2013 tuvo que recurrir a los medios de comunicación para dar cuenta de su caso, a fin de ser atendido en una circunstancia similar.

    Refiere que esta intervención es de cirugía ambulatoria y que solo tiene que permanecer un día en el hospital.

    Interesados ante la Administración sanitaria hemos tenido conocimiento de que el interesado definitivamente fue intervenido el 15.12.2016, ocho meses después de su inclusión en el registro de demanda quirúrgica.

    Teniendo en cuenta lo expuesto, pensamos que el asunto que motivó su recurso a esta Institución se ha solucionado, no obstante pensamos que el tiempo que se ha hecho necesario para ello supera el que podría entenderse razonable, y en este sentido nos hemos pronunciado en nuestro escrito de respuesta al hospital.

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