La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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MARTES, 12 FEBRERO, 19,30 horas. Conferencia en la Universidad de Granada sobre "Derechos Humanos".
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Organización de las Jornadas: jornadasandalucia@sep.psicoanalisi.org

LUNES, 4 FEBRERO. Día Mundial contra el Cáncer
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Actuaciones del Defensor del Pueblo Andaluz en relación con las Cláusulas Suelo

 

 

 

El Defensor del Pueblo Andaluz viene tramitando de oficio una queja ante la Secretaria General de Consumo de la Junta de andalucía en relación con el problema de las cláusulas suelo. En el curso de dicha queja de oficio se formuló a la Secretaría General de Consumo una Resolución instándole a intervenir ante las entidades financieras para tratar de solventar este problema. 


Dicha Resolución ha obtenido como respuesta un escrito de la Secretaría General de Consumo en el que se se aprecia la buena acogida dispensada a las propuestas realizadas por esta Institución y la disposición mostrada en orden a ejercer sus competencias de protección y defensa de las personas consumidoras. 

Atendiendo a la buena disposición mostrada por Consumo y tomando el consideración el contenido de la reciente Sentencia 142/2013 del Tribunal Supremo sobre las clásulas suelo, el Defensor del Pueblo Andaluz ha trasladado a la Secretaría General de Consumo las siguientes propuestas de actuación:

1.- Trasladar formalmente a las entidades financieras radicadas en Andalucía la oportunidad, conveniencia y necesidad de acometer con la mayor diligencia y sin dilaciones actuaciones de comprobación de la adecuación a derecho de sus cláusulas suelo, procediendo, en su caso, a la inmediata eliminación de la cláusula suelo de dichos contratos cuando la misma no cumpla los requisitos de validez establecidos por el Tribunal Supremo.

2.- Ejercitar ante los Tribunales una acción civil de cesación colectiva basada en la posible nulidad de las cláusulas suelo en aquellos supuestos en que concurran las circunstancias que determina la Sentencia del Tribunal Supremo 241/2013. Esta acción de cesación colectiva tendría por objeto extender el
pronunciamiento del Tribunal Supremo acerca de la nulidad de las cláusulas suelo hacia otros supuestos y otras entidades que no hayan sido objeto del
pronunciamiento especifico del Alto Tribunal.

3.- Promover la vía arbitral como fórmula extrajudicial de resolución del conflicto entre las entidades finacieras y las personas consumidoras que tengan cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios.

 

 

La Sentencia del Tribunal Supremo 241/2013 declara nulas las cláusulas suelo que se hayan incluido en contratos hipotecarios sin haber cumplido adecuadamente los deberes de trasparencia e información que hubieran permitido al consumidor en el momento de la firma del contrato conocer la existencia de dicha cláusula suelo, sus consecuencias y su trascendencia como elemento esencial del propio contrato. La gran cuestión tras la Sentencia es saber qué va a ocurrir con las hipotecas que tengan cláusula suelo y qué deben hacer los consumidores que cuenten con una cláusula de este tipo en su contrato.

 

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