La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 22/5514 dirigida a Consejería de Salud y Consumo, Escuela Andaluza de Salud Pública

06/07/2023 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En esta Institución se ha tramitado expediente de queja de oficio, promovido con el propósito del análisis del instrumento jurídico, de carácter mercantil, utilizado para la relación de servicios entre la Escuela Andaluza de Salud Pública y las personas que ejercen funciones docentes.

Recibido informe de la Escuela Andaluza de Salud Pública, nos responde que tendrá en cuenta en el futuro nuestra sugerencia de “ampliar el contenido del modelo de acuerdo específico de colaboración como personal docente asociado en cuanto a la cláusula relativa a la duración del mismo para ofrecer mayor información sobre el carácter de sus prórrogas y su extinción”.

22/08/2022 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

En esta Institución se ha recibido recientemente una queja por la que se plantea disconformidad con la decisión de la Dirección de la Escuela Andaluza de Salud Pública en cuanto a la rescisión de un Acuerdo Específico de Colaboración como Profesor Asociado. La persona promotora de dicha queja cuestionaba la motivación de la decisión de rescisión y en ese sentido fue admitida a trámite en su día con el fin de que la Escuela argumentara su decisión y poder analizar esta Defensoría la posibilidad de existencia de alguna irregularidad administrativa.

Pues bien, con ocasión del análisis de dicho expediente de queja hemos observado que el instrumento jurídico, de carácter mercantil, utilizado para la relación de servicios entre la Escuela Andaluza de Salud Pública y las personas profesoras asociadas pudiera presentar deficiencias formales, en cuanto a la duración y a la rescisión del acuerdo, que pudieran perjudicar los derechos y expectativas de ambas partes y, especialmente, de la parte prestadora del servicio.

En concreto, el documento estudiado manifiesta en su cláusula quinta, titulada “Duración del Acuerdo” que “La prestación de los servicios objeto de este acuerdo tendrá carácter anual prorrogable por períodos iguales, para lo cual se emitirán anualmente planes de trabajo de acuerdo con la cláusula tercera”.

Así, queda sin especificar si existe un ámbito temporal máximo de vigencia del acuerdo y si las susceptibles prórrogas son de carácter automático o requieren acuerdo expreso de las partes, lo cual es subrayable pues si las consideramos automáticas -como parecen desprenderse de la literalidad de la cláusula- cualquier decisión de rescisión del acuerdo durante la vigencia del mismo -ya sea durante el periodo anual inicial o durante las prórrogas automáticas sucesivas- debiera reconducirse por incumplimiento de las partes, por ser la única causa de rescisión recogida en el texto del acuerdo. En este sentido, la cláusula sexta, titulada “Rescisión del Acuerdo” indica lo siguiente “En caso de incumplimiento de acuerdo, por cualquiera de las partes, podrá resolverse el mismo sin esperar a su vencimiento, corriendo a cargo de la parte que haya incumplido sus obligaciones todos los gastos que por ello se originen”.

De acuerdo con lo expresado en el texto del referido acuerdo, no sería posible la rescisión unilateral si el mismo se encuentra vigente y no se ha producido y denunciado incumplimiento de las partes, pues no se ha previsto ninguna otra fórmula de rescisión, como podría haber sido la negociada. Estas omisiones detectadas en la redacción del acuerdo podrían generar conflicto de intereses y situar en una posición de desigualdad a las partes intervinientes.

Por cuanto antecede, y teniendo en cuenta los derechos de las personas que pudieran resultar perjudicadas en su relación con la Administración, de la que se espera que sirva con objetividad los intereses generales y que actúe con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, se inicia actuación de oficio en aplicación de lo establecido en el artículo1.1, en relación con el artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Escuela Andaluza de Salud Pública a fin de que nos informe sobre el proceder habitual, en cuanto a los acuerdos específicos de colaboración como profesor asociado, con respecto a las cuestiones expuestas. Todo ello, en el marco de los artículos 103.1 de la Constitución Española y 133.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, solicitando que se nos remita información al respecto, a la mayor brevedad, de conformidad a lo establecido en el art. 18.1 de nuestra Ley reguladora.

El Defensor del Pueblo andaluz escucha en Córdoba las preocupaciones y demandas  de la ciudadanía

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, se ha desplazado hoy a la ciudad de Córdoba para interesarse por las preocupaciones y demandas de la ciudadanía cordobesa. Desde ayer miércoles, un equipo de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía del Defensor atiende presencialmente a los vecinos que lo demanden, acción que continúa hoy.

El Defensor por una parte se reúne con trabajadores y trabajadoras sociales de la comarca, y en otra reunión con una treintena de asociaciones dedicadas a salud, dependencia, personas migrantes o movilidad. Asociaciones de memoria histórica tuvieron una sesión monográfica en el día de ayer.

Jesús Maeztu ha expuesto que durante este año han sido alrededor de 500 quejas de Córdoba capital recibidas este año, entre las que ha destacado las referidas a vivienda, salud, dependencia y justicia. El Defensor también ha anotado las quejas de oficio abiertas por la Institución en las cuales se ha requerido la respuesta de las administraciones locales en Córdoba, como los trámites para conseguir el arraigo social, la investigación sobre las escuelas rurales o sobre la exclusión financiera, la situación de las ayudas al alquiler, o el estado de los recursos judiciales.

Asimismo, Maeztu ha hecho referencia a las preocupaciones que recibe por parte de la ciudadanía andaluza, y que son comunes en Córdoba, como son, en la salud, las quejas y consultas por atención primaria, salud mental y preocupación por la atención a las personas mayores, en concreto, sobre las residencias; las políticas para prevenir el cambio climático, entre las que ha destacado aquellas relacionadas con la contaminación atmosférica y la transición energética, y por último las demandas de la ciudadanía para recibir una buena administración, ante los problemas causados por la administración electrónica y la brecha digital, que afecta principalmente a las personas mayores.

    9-19 h: Visita Oficina de Atención e Información Ciudadana a Córdoba
      9-19 h: Visita Oficina de Atención e Información Ciudadana a Córdoba

              19/10/2022 | XXXV Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo “La prestación del servicio público de salud en el medio rural” en León

              26/10/2022 | 13 h: Prsentación del Informe Anual del dPA 2021 en Comisión parlamentaria. Parlamento de Andalucía

              El Defensor del Pueblo andaluz mantiene la primera sesión de coordinación y seguimiento con el consejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía

              El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, y el consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, han mantenido hoy una reunión con el fin de avanzar en los mecanismos de colaboración y coordinación, así como para el intercambio de información. Jesús Maeztu y Antonio Sanz han acordado celebrar reuniones periódicas con una periodicidad cuatrimestral, con el objetivo de mantener líneas de colaboración que deriven en una correcta labor de supervisión en defensa de los derechos de la ciudadanía.

              En los despachos entre el Defensor del Pueblo andaluz y su interlocutor directo en la Junta de Andalucía se abordarán, asimismo, posibles anomalías en el funcionamiento de organismos públicos, desde el análisis de quejas o consultas recibidas; cuestiones de carácter general que reclamen la intervención o interés; o casos concretos de intervención en defensa de derechos humanos vulnerados o en riesgo grave.

              El Defensor del Pueblo andaluz ha informado al consejo de la Presidencia de las conclusiones del Informe Anual 2021 de la Institución, debatido el pasado 18 de octubre en la comisión correspondiente del Parlamento andaluz y que presentará ante el pleno el 9 de noviembre. Fueron más de 35.000 personas las que requirieron la intervención de este comisionado parlamentario, que acometió 30.000 actuaciones en defensa de los derechos de la ciudadanía ejecutadas por la Defensoría.

              Entre otros asuntos, Jesús Maeztu ha solicitado información sobre la situación de los cortes de luz en distintos barrios de Andalucía. La Defensoría está interviniendo para garantizar el derecho a unos suministros básicos ante este problema social. En este sentido, el Defensor del Pueblo andaluz ha avanzado que celebrará el 18 de noviembre en la ciudad de Málaga una jornada que llevará por título Personas electrodependientes, por una regulación justa.

              Asimismo, Jesús Maeztu ha aportado al consejero de la Presidencia un balance del nuevo procedimiento que persigue la necesaria colaboración de las Administraciones Públicas con esta Defensoría, con el fin de evitar declaraciones de actitud entorpecedora o la remisión de expedientes a Fiscalía por parte de este organismo supervisor. Maeztu ha expuesto que desde que se modificó este procedimiento las administraciones han enviado los informes requeridos a tiempo y no ha sido preciso una citación de la autoridad responsable.

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