Queja número 16/5868
Se aprueba el PIA de Gran Dependiente y se le asigna recurso de atención residencial.
La compareciente, en su propio nombre y en representación de su hermano, exponía que éste, de 71 años de edad, tenía reconocida una Gran Dependencia desde junio de 2015, a consecuencia de haber sufrido un ictus que le dejó postrado en cama. Dado que el dependiente carecía de mujer e hijos, fue acogido por su hermana, de 69 años y cuya salud era igualmente delicada, que, desde entonces, se ocupaba de atender todas sus necesidades.
La propuesta de PIA elaborada por los Servicios Sociales, prescribió el Servicio de Atención Residencial que ineludiblemente precisaba el afectado, ya que a su hermana cada vez le resultaba más difícil poder prestarle las atenciones necesarias.
Afirmaba la compareciente que a pesar de que había sido informada de que la plaza residencial había sido aprobada, transcurrían los meses sin que le fuese adjudicado Centro alguno, por lo que solicitaba que se resolviera este problema.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla se nos respondió que con fecha 13 de enero de 2017 se resolvió aprobar el Programa de Atención Individual por el que se reconocía el derecho de acceso al servicio de atención residencial en una residencia de la provincia de Sevilla, como modalidad de intervención más adecuada.
Habiéndose solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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