Queja número 23/3918
La promotora de la queja nos traslada su preocupación ante la situación en la que se encuentra su abuela, de 94 años de edad.
Por resolución de fecha 24 de noviembre de 2022 se le reconoció el Grado III, de Gran Dependencia, proponiéndose el servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada. Desde la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía le informan que la asignación de plaza residencial se puede demorar incluso tres años. Ante dicha información nos traslada su desesperación debido al delicado estado de salud de su abuela que precisa atención durante las 24 horas del día y su edad avanzada, temiendo que sea demasiado tarde cuando finalmente le llegue la tan necesitada ayuda.
En enero de 2023, la trabajadora social conocedora de las circunstancias familiares y económicas de la dependiente, remitió a la Administración actuante informe de urgencia social para priorizar la tramitación del expediente de dependencia, no obstante, según nos informa la solicitud no ha sido estimada y, por tanto, continúa su tramitación por la vía ordinaria.
Destaca que la persona que se ocupa de atender, en la medida que puede, a la dependiente es su hija (madre de la promotora de la queja), viéndose afectada su salud e incluso siendo diagnosticada de cuadro ansioso depresivo por la sobrecarga física y emocional. La gran dependiente pasa muchas horas sola en una vivienda no adaptada para ella y sus cuidados, precisando ayuda para toda las actividades básicas de la vida diaria.
La promotora de la queja nos traslada las siguientes palabras, en las que se refleja la desesperación de esta familia y la necesidad de resolver en plazo o con una demora razonable los expedientes de dependencia:
“Por todo ello, le suplico su ayuda, para que revisen el expediente de mi abuela y nuestro estado del bienestar le brinde los cuidados y recursos que ella necesita con garantías y con calidad de vida, para el tiempo que le quede con nosotros y también para salvaguardar la salud física, psicológica y mental de mi madre, que se está dejando la piel, el corazón y el alma en atender a mi abuela con todo lo que está a su alcance, aunque a todas luces, no le pueda proporcionar todo lo que ella de verdad reclama.”
Tras admitir a trámite la queja, y solicitado informe administrativo a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada, recibimos una nueva comunicación de la promotora de la queja en el que nos trasladaba el fallecimiento de su abuela el 24 de diciembre.
Nos informaba con pesar de que la afectada pudo acceder al Servicio de Atención Residencial, sin embargo, el centro se situaba a 60 km de su entorno familiar, teniendo su hija -diagnosticada de cuadro ansioso depresivo por la sobrecarga física y emocional- que realizar un sobre esfuerzo para visitar a su madre cada día
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