La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Solo quedaba la inspección final para poner en marcha el ascensor en el instituto

Queja número 25/2960

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a la dotación de ascensor en un instituto de enseñanza secundaria (IES) de la provincia de Sevilla.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla, así como al ayuntamiento de la localidad, a los meros efectos de complementar la información ante posibles intervenciones concurrentes, habituales en este tipo de situaciones.

Hemos recibido comunicación sobre el tema desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional con fecha 24 de abril de 2025.

En respuesta a la queja formulada por miembros del AMPA del IES, en el que solicitan la puesta en marcha del ascensor de dicho centro educativo, se le comunica que las deficiencias que presentaba esta instalación ya han sido subsanadas y únicamente queda pendiente la inspección final para la legalización de la misma.

Al objeto de informar a todos los miembros de la comunidad educativa del estado en el que se encuentra esta instalación, el pasado 9 de abril de 2025 se celebró una reunión en el citado centro, a la que asistió personal de la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE), representantes de la empresa constructora responsable del proyecto de construcción, así como la directora del centro.

Por ello, se espera que en los próximos días, el ascensor esté en funcionamiento y legalizado”.

A su vez el ayuntamiento nos informaba sobre la cuestión analizada con fecha 18 de mayo de 2025:

Por la presente, y con relación a la queja, tramitada a instancia de miembros del AMPA del IES sobre carencias del servicio de ascensor del instituto, le comunico:

1.- Que el art. 25.2.n) de la Ley 7/12985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que: “El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial”.

2.- Que, conforme a lo establecido en el art. indicado, este Ayuntamiento no ejerce ninguna competencia, ni presta ningún servicio relativo al mantenimiento o conservación del Instituto de Educación Secundaria”.

Analizado el contenido del primer informe, parece deducirse que el problema suscitado en la queja se encuentra en vías de solución, por cuanto se han iniciado las gestiones administrativas necesarias para la definitiva instalación y puesta en marcha del ascensor en el nuevo IES.

Teniendo en cuenta lo anterior, y a la vista de las medidas anunciadas, consideramos que el asunto ha sido abordado en términos coincidentes con el contenido de la queja por lo que resulta oportuno considerar superado el motivo de la cuestión analizada.

Por ello, debemos dar por concluidas las gestiones en el expediente de queja, procediendo al archivo del mismo. No obstante, si se produjera alguna demora o cualquier otra irregularidad, esta Defensoría evaluaría el reinicio de las actuaciones que, en su caso, procedan.

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