Queja número 21/3350
El Defensor del Pueblo Andaluz formuló Resolución ante la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, recomendando dotación de personal suficiente para atender las solicitudes de escolarización extraordinaria al menos durante el periodo en que se produce mayor número de solicitudes; que se establezcan los mecanismos adecuados para que quede constancia de la recepción de resoluciones de escolarización por el centro docente y las familias, y que en el procedimiento ordinario de escolarización, tras la certificación del número total de alumnos y alumnas matriculados se verifique la efectiva matriculación del aquel alumnado que no hubiera formalizado su matrícula.
En respuesta, se recibe informe indicando que se acepta expresamente las Recomendaciones formuladas. Así, la Dirección General requerida va a dar traslado al órgano directivo competente en materia de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, para que estudie la posibilidad de solicitar un aumento de los recursos personales en los respectivos servicios de planificación y escolarización provinciales.
Igualmente, se instará desde la Dirección General a las distintas Delegaciones Territoriales a que adopten las medidas necesarias para que en el procedimiento de escolarización extraordinaria se realice un seguimiento y control para comprobar que el menor o la menor para quién se ha solicitado plaza haya sido matriculado en el centro asignado.
Asimismo, se instará a las citadas unidades administrativas a que verifiquen que en el procedimiento de escolarización ordinario se han formalizado las matriculas del alumnado que cursa enseñanzas obligatorias en Andalucía.
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