Queja número 17/0601
En la tramitación de la queja ante la falta de percepción de la cantidad adeudada a la comunidad hereditaria en concepto de efectos retroactivos de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar reconocida a la anterior, no satisfecha al tiempo de su muerte, formulamos Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla para que la Administración autonómica competente citara a la promotora de la queja, como interesada en el expediente administrativo correspondiente a la dependencia de su madre fallecida, permitiéndole acceder a su contenido íntegro, resolviendo sus dudas acerca de su tramitación y entregándole una copia del mismo.
En su respuesta, la citada Delegación informó que la interesada sería citada mediante carta certificada en la dirección postal facilitada, como interesada en el expediente de dependencia de su madre fallecida, a fin de facilitarle copia del mismo y quedar acreditada la tramitación conforme a la normativa vigente.
Habiendo sido aceptada la Resolución formulada en su día, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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