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Lunes 02/09/2013. Actualizado 20:35h.

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SANIDAD | Facturación por prestaciones

El Defensor del Pueblo abre una queja sobre los costes de los servicios a menores autistas

  • Los padres exponen que les facturan el tratamiento aunque está subvencionado
  • Las delegaciones apuntan que pueden ser cuotas de centros privados

El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una queja de oficio dirigida a la Consejería de Salud y Bienestar Social y a sus ocho delegaciones territoriales para conocer qué ocurre con los costes de servicios para atender a menores autistas en la comunidad autónoma.

Según el acta de apertura de la queja la misma se tramita después de haber recibido algunas quejas de padres o familiares de niños afectados por un trastorno del espectro autista en la que exponen que por parte de los centros en los que estos reciben tratamiento de atención temprana se les factura los servicios a pesar de que están subvencionados por la Administración Sanitaria, sin perjuicio de que puedan recibir otras subvenciones.

Desde las Delegaciones Territoriales de Salud y Bienestar Social se ha explicado, apunta la Defensoría, que los centros que están prestando servicios a los menores reciben subvenciones por dicho concepto y que también existen convenios con Ayuntamientos para esta finalidad, en los que dichos servicios son absolutamente gratuitos.

Indican que las facturaciones aludidas "pueden obedecer a las cuotas que las entidades de naturaleza privada solicitan a sus asociados, por el hecho de pertenecer a las mismas".

Sin embargo, desde la Oficina del Defensor se asegura que han podido comprobar que las liquidaciones de gastos a los usuarios de los centros privados subvencionados, "no se reducen" a la cuantía que pudiera corresponder a la cuota de asociado, sino que se extienden a la remuneración de la prestación de distintos servicios e incluso a la elaboración del diagnóstico.

Por tanto, el objetivo de esta queja es saber qué servicios o prestaciones resultan sufragados en su coste por las subvenciones que reciben estos centros, y cuáles pueden exceder de los mismos, y en su caso ser objeto de liquidación por parte de dichas entidades, quién determina el contenido del tratamiento y si se deja constancia de alguna manera de los módulos temporales reconocidos a cada usuario, que resulten indicativos de la prestación debida.

Desde la Defensoría se plantea la dificultad de que "existan desigualdades en cuanto al contenido de la prestación de atención temprana en función de la naturaleza del centro, y sobre todo en cuanto a la financiación de aquella, en la medida en que los usuarios se ven obligados a participar en su coste, más allá de lo que supone la mera cuota de asociado".

La queja busca también conocer si por parte de la inspección de servicios sanitarios se ha llevado a cabo alguna actuación para con los centros de atención temprana que tenga en cuenta estos aspectos.

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