La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Se llevarán a cabo actuaciones para solucionar el problema de ruidos en una urbanización cercana a la A-376

Queja número 21/7059

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio informa de las actuaciones previstas a realizar para solucionar la problemática de ruidos de los vecinos de una urbanización con algunas viviendas a pocos metros de la carretera A-376 Sevilla-Utrera.

Se recibía en esta Institución escrito de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización [...], sita en carretera A-376, Sevilla-Utrera, p.k. [...] del margen izquierdo, en término municipal de [...], Sevilla, formulando queja por el ruido que sufren los residentes de esta urbanización que están más cercanos a la carretera A-376, y respecto del que llevan algunos años pidiendo medidas que lo mitiguen, habiendo acudido a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Sevilla con varios escritos, sin que se hubiese tomado medida alguna.

En julio de 2018 la Delegación Territorial respondió a la comunidad de propietarios que los estudios y trabajos relativos al ruido producido por la red viaria autonómica, se estaban realizando en la Dirección General de Infraestructuras y que "una vez conocidos los tramos donde hay que actuar la Consejería de Fomento y Vivienda tiene que priorizar y programar las actuaciones a realizar en función de las posibilidades presupuestarias que haya".

Más tarde, en marzo de 2019, desde la Dirección General de Infraestructuras se les respondió con informe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario, informando que en el BOJA nº 115 de 19 de junio de 2017, se había publicado la resolución de 8 de junio de 2017, de la Dirección General de Infraestructuras, por la que se aprobaban los mapas estratégicos de ruido de los grandes ejes viarios de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía; y que a partir de dichos mapas estratégicos, se concretarían en el Plan de Acción contra el ruido las acciones a adoptar "siempre con los criterios de prioridad que procedan, e incluyendo el criterio de disciplina presupuestaria al que estamos obligados".

En abril de 2019 se les informó que el Plan de Acción contra el ruido (de los mapas estratégicos de ruido de los grandes ejes viarios de Andalucía) se encontraba entonces pendiente de aprobación, habiendo finalizado el trámite de información pública.

Según pudimos comprobar, el referido Plan de Acción fue aprobado mediante Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Infraestructuras, publicado en BOJA nº 78, de 24 de abril de 2020. Sin embargo, no pudimos encontrar el documento del Plan de Acción, sólo la Resolución de aprobación.

El motivo de la queja ante esta Institución, tras varios años reclamando en la Administración Pública andaluza, era tanto la ausencia de toma de medidas correctoras para reducir el ruido que se sufría en esta urbanización, como la ausencia de información al respecto y sobre las previsiones que, en su caso, consten en el Plan de Acción y en los mapas estratégicos.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio para conocer qué conclusiones se habían alcanzado respecto del ruido soportado en la Urbanización promotora de la queja, en los mapas estratégicos de los grandes ejes viarios de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía, y qué previsiones se incluyeron, en su caso, en el Plan de Acción contra el Ruido aprobado mediante Resolución de 16 de abril de 2020, de esa Dirección General de Infraestructuras, publicado en BOJA nº 78, de 24 de abril de 2020.

Rogábamos, asimismo, se nos informase dónde podía consultarse y, en su caso, descargarse, el referido Plan de Acción. En caso de no estar accesible al público en los portales de la Consejería, interesábamos que se procediera a ello.

En su respuesta, la Consejería nos trasladó, en esencia, que por parte del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario se había elaborado informe en el que se concluía la proyección de una pantalla acústica fonoabsorbente de hormigón, así como de pavimento sonorreductor, teniendo previstas la licitación y ejecución de dichas actuaciones "lo más pronto posible, siempre dentro de la disponibilidad presupuestaria existente".

En vista de lo informado, consideramos que el problema objeto de esta queja se encontraba en vías de solución, sin perjuicio de darle aún un margen de tiempo prudencial en el que materializar los trámites administrativos pendientes y sobre todo, disponer de presupuesto para los trabajos.

De acuerdo con ello, dimos por terminada nuestra intervención en este expediente de queja y procedimos a su archivo.

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