La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Se le ofrece otra vivienda en alquiler social, al no poder pagar el arrendamiento de la que ocupaba

Queja número 14/1457

Se accede a buscarle y ofrecerle otra vivienda en alquiler social, al no poder pagar el arrendamiento de la que ocupaba.

El interesado residía, en virtud de contrato de alquiler, en un inmueble que la entidad Banco Santander había adquirido en virtud de un procedimiento de ejecución de titulo hipotecario, y era intención del interesado seguir residiendo en dicho inmueble.

No obstante, siendo la renta pactada inicialmente en el contrato de arrendamiento, la cantidad de 550 euros, y habiendo empeorado sustancialmente la situación profesional y financiera del arrendatario, viendo reducidas sus retribuciones, desde esta Institución se trasladó a la entidad bancaria la propuesta del interesado, en el sentido de que se tratara de adaptar la cuota arrendaticia a las disponibilidades económicas de la unidad familiar.

Desde esa entidad se nos comunicó que se habían cursado instrucciones al Departamento de Recuperaciones del Banco para que se entrevistasen con el deudor y buscar así, una solución en consonancia con la situación familiar y económica en la que se encontraba el arrendatario.

Con el propósito de buscar una solución a la situación descrita, nos pusimos en contacto con la inmobiliaria de la entidad financiera, a quien trasladamos la situación del interesado. Y quien nos requirióuna serie de documentos.

Nos pusimos en contacto con el interesado, quien manifestó que podría comprometerse a pagar una cuota arrendaticia de 150 euros mensuales, y en cuanto a las cantidades adeudadas por este concepto, solicitaba un fraccionamiento de pago lo mas amplio posible, e insistió en su compromiso a cumplir con el pago de lo acordado, lo cual se puso en conocimiento de la inmobiliaria junto con el envío de los datos solicitados.

En reunión mantenida con la persona responsable de Recuperaciones y Contenciosos del Banco Santander, se nos comentó que sería difícil ofrecer a esta familia la vivienda que actualmente habitaban porque no podían hacer frente a la cuota de alquiler que correspondería a ese inmueble, por las características que tenía. No obstante, confirmó que no iban a proceder al desalojo hasta que se les pudiera ofrecer una alternativa del fondo social de viviendas del banco, donde estaban buscando posibilidades.

Los interesados fueron informados de lo anterior y estaban de acuerdo en mudarse puesto que reconocían que la vivienda que habitaban merecía un precio de alquiler que ellos no podían asumir en sus actuales circunstancias económicas.

En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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