La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Se le concede una dación en pago de la vivienda

Queja número 13/4098

El interesado nos refería que en el año 2005 compró una vivienda por un valor, según escritura de 100.00 €. .El crédito hipotecario obtenido en su momento fue de 120.000€, más una ampliación firmada el mismo día de 30.000 € . Ambas escrituras venían a responder al coste real de la vivienda.

En el segundo de los créditos aparecía como avalista su padre, que se vía afectado, debido a que su hijo, propietario con su ex esposa, eran los firmantes de los créditos. Los créditos hipotecarios se realizaron con fecha 25 de Abril de 2005.

Al parecer, en las negociaciones mantenidas con el director de la sucursal, se le ofertó la dación en pago, por el primero de los créditos, fijándose pendiente la deuda del segundo crédito a la que no podía hacer frente por la situación de desempleo en la que se encontraba. Por ello pedía nuestra mediación para llegar a una solución que evitase la pérdida de la vivienda de sus padres.

Pusimos los hechos en conocimiento de la entidad financiera, y el 18 de Diciembre de 2013 mantuvimos una reunión con la Directora de Calidad de La Caixa. Según se nos informó, en Mayo se le denegó la dación en pago de la vivienda y ahora estaban estudiando de nuevo esta opción, y nos proponían que existiera alguna compensación económica para paliar las pérdidas de esta operación.

A este respecto le informamos de las dificultades que el interesado tenía en estos momentos para hacer frente a esta opción.

Con respecto a las garantías de los bienes de sus padres, se nos informó que en ningún caso se les iba a echar de la vivienda. Es por ello, que le indicamos a nuestro reclamante que debía ponerse de nuevo en contacto presencial con nosotros para abordar las posibles propuestas que le estaban haciendo.

Al haber transcurrido tiempo sin atender el interesado nuestro requerimiento de ponerse en contacto con nosotros, hemos dado por concluidas nuestras actuaciones al considerar que el asunto por el que acudió a la Institución se encontraba en vías de solución.

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