Queja número 20/1424
La reclamante, adjuntando un pliego de 322 firmas, exponía que en Molvizar llevaban bastante tiempo sin que se les aplicara la normativa vigente de descuento de la mitad del precio en los billetes de transporte público interurbano por carretera a los mayores de 65 años en la línea de autobuses Itrabo-Molvizar-Lobres-Salobreña-Motril y Motril-Salobreña-Lobres-Molvizar-Itrabo.
Manifestaba que éste era un derecho reconocido por la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y, por eso, pedían que se les reconocieran y aplicaran las prestaciones a las que tenían derecho.
Admitida la queja a trámite solicitamos a la Viceconsejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio que nos indicara si esa Consejería, a través de su Delegación Territorial de Granada, tenía conocimiento de la situación denunciada y, de ser así, las medidas que se estuvieran impulsando para solucionar el problema que afectaba a estas personas mayores de 65 años.
En la respuesta recibida se reconocía el derecho de que les fueran aplicados los descuentos correspondientes a los titulares de la tarjeta Andalucía Junta sesenta y cinco y se exponían las causas que habían venido determinando que ello no se hubiera efectuado durante un plazo de tiempo por la empresa prestadora del servicio en la línea Itrabo a Motril con hijuela a Salobreña.
Se añadía que, al no encontrarse formalizado el convenio necesario con la empresa concesionaria que permitiría la utilización de la tarjeta, se estaban desarrollando gestiones al respecto, habiéndose solicitado a dicha empresa la aportación de documentación en el mes de febrero.
Así las cosas, cabía estimar que se estaban haciendo las gestiones precisas para que, finalmente, los titulares de la tarjeta en cuestión pudieran disfrutar de los descuentos correspondientes en la línea Itrabo a Motril por lo que, considerando que nos encontrábamos ante un asunto en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones, si bien, instamos a la citada Viceconsejería que prosiguieran con celeridad y eficacia las gestiones necesarias para la formalización del convenio y, consecuentemente, para la aplicación sin más demoras del descuento a que tenían derecho como titulares de la tarjeta Andalucía Junta sesenta y cinco.
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