La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Se impulsa la resolución del Programa Individual de Atención y accede a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar

Queja número 22/4678

El promotor de la queja exponía la demora en la valoración de la situación de la dependencia de su madre, solicitada en julio de 2021.

Durante la tramitación del expediente, y una vez valorada, con Grado III, de Gran Dependencia, la afectada quedaba a la espera de la aprobación del Programa Individual de Atención (PIA) para acceder a la prestación económica para cuidados en el ámbito familiar.

La Administración nos indicaba mediante informe que se habría recibido la propuesta de PIA y que se analizaría para ser resuelta teniendo en cuenta el orden riguroso de incoación, conforme establece el art. 71.2 d ella Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Dado que desde que se iniciara el procedimiento hasta el momento se había excedido el tiempo legalmente establecido para ello, el Defensor del Pueblo Andaluz formulaba resolución que contenía Recomendación para que sin más dilación se impulse la resolución del programa individual de atención de la persona dependiente reconociéndole el derecho de acceso a la prestación económica para cuidados en el ámbito familiar, permitiendo con ello el reconocimiento de un derecho universal y subjetivo traducido en el disfrute de un servicio y/o prestación que ayude y mejore la calidad de vida de la persona dependiente.

En su respuesta, la Administración nos informa mediante informe que por Resolución de fecha 15 de diciembre de 2023 se ha resuelto reconocer el derecho de acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar a la afectada.

A la vista de ello, se deduce que dicho organismo ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución, habiendo quedado resuelto el asunto planteado, por lo que procedemos al cierre del expediente.

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