Queja número 17/3391
Exponía la parte promotora de la queja que, con fecha 25/01/2017, presentó reclamación al Ayuntamiento de La Viñuela por exigirle el pago de la deuda pendiente por el contrato de suministro de agua correspondiente a su vivienda.
En dicha reclamación solicitaba la expedición de carta de pago a partir de 15/03/2016, que es la fecha en que adquirió la vivienda, y que se llevase a cabo el cambio de titularidad solicitado con fecha 14/07/2016.
Para acceder a su solicitud le reclamarían el pago de recibos pendientes de la titular anterior, en concepto de abastecimiento, alcantarillado y canon autonómico de depuración, así como de basura. En total 457,10 euros, incluyendo recargo de apremio, intereses de demora y costas.
El interesado manifestaba que no le daban solución y tampoco habría recibido una respuesta a la reclamación formulada.
Interesados ante la Administración afectada, recibimos informe por el que se nos indica que cuando el promotor de queja solicitó poner a su nombre el suministro de agua potable se le explicó que había dos opciones: dar de baja el contrato anterior y formalizar nuevo contrato con abono de tasas correspondientes, o bien solicitar el cambio de titularidad sin coste alguno pero subrogándose en la deuda que tuviera el anterior usuario.
La parte afectada habría optado por el cambio de titularidad, pese a lo cual jamás se le ha reclamado más agua que la efectivamente consumida desde que es titular por el cambio realizado a su solicitud. Emitiéndose recibos a su nombre desde el tercer trimestre de 2016, que tampoco habría abonado.
A la vista de la información recibida, esta Institución entiende que se ha dado respuesta a la petición realizada por la parte promotora de la queja, por lo que procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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